D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210306-3)
Convenio – Convenio de 16 de febrero de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad y el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, en materia de consumo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 55
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 6 DE MARZO DE 2021
Pág. 11
e) Colaboración y cooperación con el Colegio Arbitral de Turismo de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid.
f) Colaboración y cooperación en materia de arbitraje.
6. Programa de Inspección y Control de Mercado.
a) Establecimiento de un programa general de control de mercado que incorpore
campañas de inspección.
b) Participación coordinada en los procedimientos de Red de Alerta y otros relativos
a la seguridad de productos y servicios de consumo.
c) Prestación mutua de información, ayuda, asistencia técnica, orientación y asesoramiento en materia de inspección y control.
d) Delimitación de ámbito de actuación por criterios territoriales, materiales y de
cuantía en los procedimientos inspectores.
7. Programa de Régimen Sancionador.
a) Prestación mutua de información, ayuda, asistencia técnica, orientación, y asesoramiento en la interpretación de infracciones y sanciones en materia de consumo.
b) Inhibición de actuaciones sancionadoras.
c) Remisión de relación de sentencias judiciales sobre expedientes sancionadores.
8. Programa de Códigos de Buenas Prácticas de Consumo.
a) Recepción y tramitación de Códigos de Buenas Prácticas de consumo.
b) Agilización en la emisión de los informes preceptivos en los órganos colegiados
competentes.
c) Colaboración del Ayuntamiento de Madrid en la elaboración de Códigos de Buenas Prácticas de ámbito autonómico.
d) Intercambio de información.
Cuarta
La Dirección General de Comercio y Consumo de la Consejería de Economía, Empleo
y Competitividad de la Comunidad de Madrid y el Instituto Municipal de Consumo del
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo del Ayuntamiento de Madrid asumirán, en el seno del presente convenio, los siguientes compromisos y obligaciones:
1. Programa de Información.
a) Consultas: La Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid atenderán las
consultas de los consumidores que reciban en sus respectivas plataformas de atención al consumidor, relativas a cualquier área de consumo, a través de los medios
que en cada momento tengan establecidos al efecto.
Con el objeto de facilitar a los consumidores información coordinada y homogénea, la Comunidad de Madrid transmitirá al Ayuntamiento de Madrid la información y documentación relevante obtenida a través de organismos nacionales de
consumo para los fines de atención y asistencia a las consultas efectuadas por los
consumidores.
b) Campañas de Información: Para una actuación coordinada de ambas Administraciones, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, se informarán mutuamente de los materiales divulgativos editados anualmente y de la dirección web
en la que figuren publicados.
Asimismo, se comunicarán la planificación de las campañas informativas previstas anualmente antes de su aprobación, con indicación del lugar, fechas y objeto
de la actuación, con el fin de evitar duplicidades y valorar la posibilidad de poder
realizar alguna de manera coordinada, repartiendo espacios y sumando recursos.
Con motivo de la conmemoración del Día Mundial del Consumidor, y al objeto de
homogeneizar las actuaciones programadas por ambas administraciones, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid se comunicarán la previsión de
las actuaciones que se desarrollen por cada administración en su ámbito territorial.
c) Portales web institucionales en materia de consumo: Ambas administraciones incorporarán en sus respectivos sitios web de información en materia de consumo,
un enlace a la página de inicio del sitio web en esta materia de la administración
respectiva.
BOCM-20210306-3
Compromisos y obligaciones de las partes
B.O.C.M. Núm. 55
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 6 DE MARZO DE 2021
Pág. 11
e) Colaboración y cooperación con el Colegio Arbitral de Turismo de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid.
f) Colaboración y cooperación en materia de arbitraje.
6. Programa de Inspección y Control de Mercado.
a) Establecimiento de un programa general de control de mercado que incorpore
campañas de inspección.
b) Participación coordinada en los procedimientos de Red de Alerta y otros relativos
a la seguridad de productos y servicios de consumo.
c) Prestación mutua de información, ayuda, asistencia técnica, orientación y asesoramiento en materia de inspección y control.
d) Delimitación de ámbito de actuación por criterios territoriales, materiales y de
cuantía en los procedimientos inspectores.
7. Programa de Régimen Sancionador.
a) Prestación mutua de información, ayuda, asistencia técnica, orientación, y asesoramiento en la interpretación de infracciones y sanciones en materia de consumo.
b) Inhibición de actuaciones sancionadoras.
c) Remisión de relación de sentencias judiciales sobre expedientes sancionadores.
8. Programa de Códigos de Buenas Prácticas de Consumo.
a) Recepción y tramitación de Códigos de Buenas Prácticas de consumo.
b) Agilización en la emisión de los informes preceptivos en los órganos colegiados
competentes.
c) Colaboración del Ayuntamiento de Madrid en la elaboración de Códigos de Buenas Prácticas de ámbito autonómico.
d) Intercambio de información.
Cuarta
La Dirección General de Comercio y Consumo de la Consejería de Economía, Empleo
y Competitividad de la Comunidad de Madrid y el Instituto Municipal de Consumo del
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo del Ayuntamiento de Madrid asumirán, en el seno del presente convenio, los siguientes compromisos y obligaciones:
1. Programa de Información.
a) Consultas: La Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid atenderán las
consultas de los consumidores que reciban en sus respectivas plataformas de atención al consumidor, relativas a cualquier área de consumo, a través de los medios
que en cada momento tengan establecidos al efecto.
Con el objeto de facilitar a los consumidores información coordinada y homogénea, la Comunidad de Madrid transmitirá al Ayuntamiento de Madrid la información y documentación relevante obtenida a través de organismos nacionales de
consumo para los fines de atención y asistencia a las consultas efectuadas por los
consumidores.
b) Campañas de Información: Para una actuación coordinada de ambas Administraciones, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, se informarán mutuamente de los materiales divulgativos editados anualmente y de la dirección web
en la que figuren publicados.
Asimismo, se comunicarán la planificación de las campañas informativas previstas anualmente antes de su aprobación, con indicación del lugar, fechas y objeto
de la actuación, con el fin de evitar duplicidades y valorar la posibilidad de poder
realizar alguna de manera coordinada, repartiendo espacios y sumando recursos.
Con motivo de la conmemoración del Día Mundial del Consumidor, y al objeto de
homogeneizar las actuaciones programadas por ambas administraciones, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid se comunicarán la previsión de
las actuaciones que se desarrollen por cada administración en su ámbito territorial.
c) Portales web institucionales en materia de consumo: Ambas administraciones incorporarán en sus respectivos sitios web de información en materia de consumo,
un enlace a la página de inicio del sitio web en esta materia de la administración
respectiva.
BOCM-20210306-3
Compromisos y obligaciones de las partes