D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20201005-22)
Convenio –  Convenio de 22 de septiembre de 2020, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno) y la Federación de Golf de Madrid para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el Parque Deportivo Puerta de Hierro
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE OCTUBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 242

La Comunidad de Madrid deberá comunicar la reserva del espacio a la Federación Madrileña del Golf con antelación suficiente. No obstante, esta preferencia no podrá interferir
en las actividades deportivas o de enseñanza deportiva de la Federación que se encuentren
programadas por la misma, así como a aquellas actividades que sean esenciales para el desarrollo de la actividad de la Federación.
Sexta
Condiciones económicas de la colaboración
En el desarrollo del programa deportivo de la Federación en la utilización de los espacios destinados a la práctica del deporte de golf previstos en el convenio, la Federación de
Golf de Madrid deberá:
1. Llevar una contabilidad de los ingresos que sean exclusivos de la utilización de las
instalaciones previstas en el convenio. Dicha contabilidad deberá estar en todo momento a
disposición de la Comunidad de Madrid.
2. Informar mensualmente a la Comunidad de Madrid de los ingresos derivados de
la utilización de las instalaciones previstas en el convenio, de acuerdo con el formato que
se determine.
3. Aplicar los precios que se fijen en la Comisión técnica de seguimiento por la utilización de los espacios deportivos destinados a la práctica del golf, los cuales serán revisados por la misma anualmente. Si por cualquier causa la reunión anual de la Comisión no
pudiera celebrarse, mantendrán su vigencia los precios fijados actualmente o en la última
reunión de la Comisión técnica de seguimiento celebrada.
4. Abonar anualmente a la Comunidad de Madrid un canon mínimo de 150.000
euros. En el caso de que el resultado de explotación anual supere el promedio del de los tres
últimos ejercicios, se abonará adicionalmente un 13% sobre el exceso del promedio. Previamente a su abono, la cuantía deberá ser propuesta anualmente por la Federación Madrileña de Golf a la Comisión técnica de seguimiento y aprobada por la misma, que decidirá
asimismo sobre las inversiones a ejecutar, en su caso, con cargo al canon.
Séptima
Personal de la Federación de Golf de Madrid
Todo el personal contratado por la Federación de Golf de Madrid para las instalaciones serán competencia y responsabilidad de la misma, asumiendo todas las obligaciones
con la Seguridad Social, fiscales, tributarias y cualesquiera otras responsabilidades de carácter laboral o contractual.
En ningún caso ni supuesto, la relación laboral existente entre la Federación de Golf
de Madrid y sus trabajadores, empleados o asalariados, será atribuible a la Comunidad de
Madrid ni a cualquier otro organismo dependiente de la Comunidad de Madrid, ni a cualquier otra federación u organismo deportivo que comparta con la Federación de Golf de
Madrid la utilización del Parque Deportivo Puerta de Hierro en otras zonas.
Octava
Las partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al cumplimiento de
lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos personales recogidos en este convenio serán tratados de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Los datos de carácter personal serán incorporados a la actividad de tratamiento de la Comunidad de Madrid. La información relativa a los destinatarios de los datos, la finalidad y las medidas de seguridad, así
como cualquier información adicional relativa a la protección de los datos personales podrá
consultarla en el siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/gobierno/informacionjuridica-legislacion/proteccion-datos.
Ante el responsable del tratamiento se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación de tratamiento.
Los firmantes prestan su consentimiento, además, para la cesión de los datos asociados a la firma al Registro de Convenios y al Portal de Transparencia de la Comunidad de

BOCM-20201005-22

Protección de datos de carácter personal