Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062879)
Resolución de 22 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados D y E en la modalidad de oferta modular en presencial, semipresencial y on-line, y en grado básico en modalidad dirigida a alumnado con necesidades educativas especiales, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025
42737
ii. Solicitudes que permitan al alumnado completar un ciclo formativo entre los módulos profesionales solicitados y los que ya tiene superados, teniendo prioridad el que
tenga un mayor número de los mismos superados.
iii. Solicitudes que permitan al alumnado completar uno de los cursos del ciclo formativo al que pertenece el módulo o los módulos solicitados, teniendo prioridad el que
tenga un mayor número de módulos superados.
iv. Solicitantes que tengan un título de Técnico o Técnico Superior que le permita complementar y/o ampliar su formación de esta oferta formativa de su familia profesional o afines.
v. Personas trabajadoras o desempleadas, que cuentan con experiencia laboral en el
sector productivo relacionado con el ciclo formativo para el que solicitan admisión.
vi. Resto de alumnado que cumpla con los requisitos de acceso académicos establecidos en la Orden de 9 de mayo de 2024.
b. D
entro de cada uno de los grupos mencionados en el apartado anterior:
i. Tendrán prioridad las personas que las personas que cumplan con los requisitos de
acceso académicos para ciclos de Grado Medio y de Grado Superior conforme lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento
de admisión y matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las
modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos
públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En caso de empate, los solicitantes se ordenarán en función de la nota media obtenida en la titulación
o prueba de acceso a dicho ciclo formativo.
ii. A continuación, las personas que hayan superado un procedimiento de acreditación
de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales, ordenadas en función del número de estándares de competencia
acreditados. En caso de empate tendrá preferencia el participante de mayor edad.
iii. Por último, aquellas que no cumplan con los requisitos académicos pero que tengan
experiencia laboral acreditable de al menos un año a jornada completa, relacionada
con el sector al que pertenece la familia profesional del ciclo formativo. Si existiera
un empate entre ellas, se establecerá un orden decreciente de la experiencia laboral
expresada en días. De persistir el mismo, se dará prioridad al solicitante de mayor
edad.
Martes 29 de julio de 2025
42737
ii. Solicitudes que permitan al alumnado completar un ciclo formativo entre los módulos profesionales solicitados y los que ya tiene superados, teniendo prioridad el que
tenga un mayor número de los mismos superados.
iii. Solicitudes que permitan al alumnado completar uno de los cursos del ciclo formativo al que pertenece el módulo o los módulos solicitados, teniendo prioridad el que
tenga un mayor número de módulos superados.
iv. Solicitantes que tengan un título de Técnico o Técnico Superior que le permita complementar y/o ampliar su formación de esta oferta formativa de su familia profesional o afines.
v. Personas trabajadoras o desempleadas, que cuentan con experiencia laboral en el
sector productivo relacionado con el ciclo formativo para el que solicitan admisión.
vi. Resto de alumnado que cumpla con los requisitos de acceso académicos establecidos en la Orden de 9 de mayo de 2024.
b. D
entro de cada uno de los grupos mencionados en el apartado anterior:
i. Tendrán prioridad las personas que las personas que cumplan con los requisitos de
acceso académicos para ciclos de Grado Medio y de Grado Superior conforme lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento
de admisión y matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las
modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos
públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En caso de empate, los solicitantes se ordenarán en función de la nota media obtenida en la titulación
o prueba de acceso a dicho ciclo formativo.
ii. A continuación, las personas que hayan superado un procedimiento de acreditación
de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales, ordenadas en función del número de estándares de competencia
acreditados. En caso de empate tendrá preferencia el participante de mayor edad.
iii. Por último, aquellas que no cumplan con los requisitos académicos pero que tengan
experiencia laboral acreditable de al menos un año a jornada completa, relacionada
con el sector al que pertenece la familia profesional del ciclo formativo. Si existiera
un empate entre ellas, se establecerá un orden decreciente de la experiencia laboral
expresada en días. De persistir el mismo, se dará prioridad al solicitante de mayor
edad.