Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agroalimentación. (2025040122)
Decreto 71/2025, de 8 de julio, de trazabilidad de uvas y aceitunas.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 134
Lunes 14 de julio de 2025

39920

go SIEX de su explotación agrícola, del código del registro autonómico de exportaciones
agrícolas, así como del término municipal, polígonos, parcelas y listado de superficies de
cultivos.
Las Oficinas Comarcales Agrarias ayudarán a las personas físicas agricultoras a la descarga
de dichos modelos normalizados cuando lo necesiten.
2. E
 n el modelo normalizado del anexo I será obligatorio indicar:
a) La persona o entidad titular de la explotación agrícola, que se identificará por su nombre y apellidos y Documento Nacional de Identidad, en adelante DNI, o bien por su
denominación social y su Número de Identificación Fiscal, en adelante NIF, y consignará
obligatoriamente un correo electrónico o teléfono móvil permanentemente operativos.
b) Número del código del sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas
y de la producción agraria (SIEX), con especificación de la parcela, polígono y término
municipal del lugar de producción de la uva o la aceituna del documento.
c) Peso estimado en kilogramos (tanto en letras como en cifras).
d) Producto (uvas y/o aceitunas).
e) F
 echa del traslado.
f) Matrícula del vehículo que efectúa el transporte.
g) Firma completa (nombre y apellidos y rúbrica) de la persona o entidad titular de la
explotación agrícola propietaria de las uvas o de las aceitunas o de quien actúa en su
nombre.
h) E
 n el caso de que el destino fuera un puesto, identificación de la persona o entidad
titular del mismo. En el caso de que el destino fuera un establecimiento, persona o entidad titular del mismo, con su número de inscripción en el Registro General Sanitario
de Empresas Alimentarias y Alimentos, dirección, municipio y provincia.
Los modelos normalizados se utilizarán en el orden correspondiente a las fechas de los
traslados de las uvas y de las aceitunas, de forma que coincidan los números asignados al
orden cronológico de dichos traslados.
3. E
 n el puesto o establecimiento radicado en Extremadura será obligatorio realizar y cumplimentar la diligencia de pesaje comprensiva de: nombre y apellidos de la persona titular
o encargada del establecimiento; identificación de la persona que entrega el producto por