Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062666)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de hotel rural, ermita y establecimiento para ganado equino, cuya promotora es Finca Montecristo, SL, en el término municipal de Garbayuela (Badajoz). Expte.: IA24/1472.
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NÚMERO 132
Jueves 10 de julio de 2025



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— Se debe garantizar la completa estanqueidad del referido depósito. Para ello, el titular de la construcción debe tener a disposición de los organismos encargados de
velar por la protección del medio ambiente, a petición del personal acreditado por los
mismos, el correspondiente certificado suscrito por técnico competente.



— El depósito deberá ser completamente estanco, de forma que no tenga salida al exterior y sólo exista una entrada del efluente y una boca superior por la que el gestor
autorizado retire periódicamente las aguas residuales almacenadas en su interior. En
la parte superior del depósito se debe instalar una tubería de ventilación al objeto de
facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.



— El depósito debe ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado de
conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular, con la periodicidad adecuada para evitar el riesgo de
rebosamiento del mismo. A tal efecto, debe tener a disposición de los organismos
encargados de velar por la protección del medio ambiente, a petición del personal
acreditado por los mismos, la documentación que acredite la recogida y destino adecuados de las aguas residuales acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, deberá
comunicar a dichos organismos cualquier incidencia que pueda ocurrir.
Por otro lado, en relación con las aguas residuales generadas en la instalación equina,
la documentación remitida recoge lo siguiente:

“El vertido de las aguas residuales se realizará a una fosa séptica con pozo filtrante que
permite reciclar los líquidos y eliminar los sólidos presentes. El sistema de depuración
y tratamiento de aguas está constituido por:


• Cámara de grasas. Recibe las aguas residuales no fecales. Las grasas en suspensión flotan en el agua residual de donde serán retiradas periódicamente.



• Pozo de registro: Recibe las aguas residuales fecales y las procedentes de la cámara de grasas.



• Fosa séptica: Recibe las aguas procedentes del pozo de registro. Consta de tres
compartimentos. Tiene 16.420 litros de capacidad total, colocada sobre lecho de
arena de río de 20 cm. de espesor.



• Arqueta de reparto: Recibe el efluente procedente de la fosa séptica. El sistema de
compuertas que lleva incorporado permite distribuir el efluente a través de pozos
de registro, entre los pozos filtrantes.