Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Indicación Geográfica Protegida. (2025050106)
Orden de 4 de julio de 2025 por la que se aprueban los Estatutos de la Indicación Geográfica Protegida "Garbanzo de Valencia del Ventoso".
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NÚMERO 132
Jueves 10 de julio de 2025

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b) El nombre y apellidos de todas las personas que opten como candidatas (titulares y
suplentes) incluidos en ellas.
c) Relación de avalistas, si procediera, con los requisitos exigidos.
La Secretaría de la JED extenderá diligencia, haciendo constar la fecha y hora de presentación, asignará un número consecutivo por el orden de presentación y expedirá recibo de
la misma, si le fuere solicitado.
4. L
 as candidaturas deberán presentarse acompañadas de declaraciones de aceptación de
las personas candidatas y fotocopias compulsadas de sus documentos oficiales de identificación, debiendo éstos reunir las condiciones generales de elegibilidad recogidas en el
artículo 24.
5. S
 erá requisito indispensable para la admisión de las candidaturas por la JED el nombramiento, para cada lista, de una persona representante, que será encargada de todas las
gestiones de la respectiva candidatura ante la JED, así como la llamada a recibir todas las
notificaciones que ésta haya de practicar. El domicilio de la persona representante, que
podrá ser o no candidato/a, se hará constar en el momento de la presentación de la candidatura.
Artículo 30. Subsanación y proclamación de candidaturas.
1. D
 os días después de la publicación de las candidaturas, la JED comunicará a los representantes de las candidaturas las irregularidades, apreciadas en ellas de oficio o denunciadas
por otros representantes. El plazo para subsanación es de cuarenta y ocho horas.
2. D
 entro de los siete días siguientes a la finalización del plazo de presentación de candidaturas, la JED acordará la proclamación de estas, salvo las que incurran en causa de exclusión,
procediéndose a su exposición pública a partir del séptimo día en los lugares establecidos
para la exhibición de los censos.
Artículo 31. Exposición de candidaturas.
1. H
 echa la proclamación y exposición pública de las candidaturas dentro de los siete días
siguientes a la exposición (D + 43 del calendario), podrán presentarse reclamaciones a la
misma ante la JED, que deberá resolver en los siete días siguientes (D + 50 del calendario).
Contra el acuerdo de la JED cabrá recurso de alzada ante el órgano de la Administración
que ostente las competencias en materia de calidad agroalimentaria en Extremadura, en el
plazo de siete días (D + 57) teniendo la misma siete días para resolver (D + 64).