Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (2025062639)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en las categorías estatutarias de Calefactor/a, Electricista, Fontanero/a, Gobernante, Mecánico/a, Monitor/a, Peluquero/a, Técnico Auxiliar de Sistemas y Tecnologías de la Información y Telefonista, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 131
Miércoles 9 de julio de 2025
39134
c) La permanencia en la plaza se acreditará por el propio aspirante, mediante certificación
expedida por el órgano competente, o bien se estará a la fecha de la última toma de
posesión con carácter definitivo de la plaza desde la que concursa. No obstante, para el
personal con plaza en propiedad en el Servicio Extremeño de Salud, la permanencia se
acreditará de oficio.
III. DOCENCIA: PUNTUACIÓN MÁXIMA 2 PUNTOS.
Por la participación como docente en acciones formativas dirigidas a profesionales del
mismo ámbito funcional o de la categoría a la que se opta, organizadas o impartidas por
las Administraciones Públicas, en acciones formativas que estén acreditadas por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud, u organizaciones sindicales
dentro de los Planes de Formación con las Administraciones Públicas, y siempre que se
acrediten las horas de docencia: 0,02 puntos por cada hora impartida.
Para la acreditación y posterior valoración de este apartado se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Sólo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes relativas a
una misma materia o programa.
b) La docencia deberá acreditarse mediante certificación que exprese que ha participado
como docente en una determinada actividad y se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas.
IV. ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA Y OCUPACIONAL: PUNTUACIÓN MÁXIMA 5
PUNTOS.
1. P
or diplomas o certificados obtenidos en actividades directamente relacionados con el
contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados por la
Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
2. P
or diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican:
a) Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios Profesionales o Universidades.
b) Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas y de Formación Ocupacional.
Miércoles 9 de julio de 2025
39134
c) La permanencia en la plaza se acreditará por el propio aspirante, mediante certificación
expedida por el órgano competente, o bien se estará a la fecha de la última toma de
posesión con carácter definitivo de la plaza desde la que concursa. No obstante, para el
personal con plaza en propiedad en el Servicio Extremeño de Salud, la permanencia se
acreditará de oficio.
III. DOCENCIA: PUNTUACIÓN MÁXIMA 2 PUNTOS.
Por la participación como docente en acciones formativas dirigidas a profesionales del
mismo ámbito funcional o de la categoría a la que se opta, organizadas o impartidas por
las Administraciones Públicas, en acciones formativas que estén acreditadas por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud, u organizaciones sindicales
dentro de los Planes de Formación con las Administraciones Públicas, y siempre que se
acrediten las horas de docencia: 0,02 puntos por cada hora impartida.
Para la acreditación y posterior valoración de este apartado se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Sólo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes relativas a
una misma materia o programa.
b) La docencia deberá acreditarse mediante certificación que exprese que ha participado
como docente en una determinada actividad y se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas.
IV. ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA Y OCUPACIONAL: PUNTUACIÓN MÁXIMA 5
PUNTOS.
1. P
or diplomas o certificados obtenidos en actividades directamente relacionados con el
contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados por la
Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
2. P
or diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican:
a) Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios Profesionales o Universidades.
b) Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas y de Formación Ocupacional.