Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062647)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 3 del Plan General Municipal de Deleitosa. Expte.: IA24/1886.
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NÚMERO 131
Miércoles 9 de julio de 2025

39247

3. L
 a Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios, ha indicado que la entidad
local cuenta con Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales (PPPI) vigente,
y la modificación afecta al PPPI vigente. En concreto modifica la delimitación del núcleo
urbano, afectando a las actuaciones preventivas planificadas en el mismo. A este respecto se propone la inclusión del siguiente condicionado en el texto del acto administrativo que resuelva el procedimiento del que trae causa el presente informe:
“En lo referente a la prevención de incendios forestales, el plan sometido a EAE afecta
al Plan Periurbano de Prevención de Incendios vigentes, por lo que resulta necesario
que, tras la aprobación del plan de carácter urbanístico, se proceda a la revisión del Plan
Periurbano.
La formalización de este trámite se realiza mediante Solicitud de Revisión de PPPI de
conformidad con el capítulo II del título II, y título III, de la Orden de 24 de octubre
de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad
Autónoma de Extremadura (PREIFEX)”. Una vez estudiado el plan sometido a EAE, se
comprueba que:
Éste no implica la creación de lugares susceptibles o vulnerables a incendios forestales. El ámbito territorial del plan o programa objeto de consulta no está incluido en
la base de datos geográfica del Registro de Áreas Incendiadas.
Una vez estudiado el plan sometido a EAE, en relación con el Catálogo de Infraestructuras del Plan Infoex (Plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales (INFOEX), se comprueba que la modificación del instrumento de ordenación urbanística no afecta a ninguno de los centros de trabajo de dicho catálogo, no obstante,
dada la existencia de una base en dicho municipio, se propone la inclusión del siguiente
condicionado en el texto del acto administrativo que resuelva el procedimiento del que
trae causa el presente informe:
“En relación a las infraestructuras de emergencia para la prevención y extinción de
incendios forestales cabe destacar que en este término municipal se encuentra una cochera de vehículo de extinción contra incendios forestales del Plan INFOEX, por lo que
se aportan una serie de puntualizaciones:


— El acceso a la cochera debe estar garantizado para vehículos pesados de lucha
contra incendios forestales, tanto por anchura como por altura de gálibo, favoreciendo en la medida de lo posible una anchura suficiente para el cruce con otros
vehículos, al menos hasta el acceso a las vías principales.