Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062647)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 3 del Plan General Municipal de Deleitosa. Expte.: IA24/1886.
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NÚMERO 131
Miércoles 9 de julio de 2025

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3.2. Características de los efectos y del área probablemente afectada.
La modificación puntual n.º 3 del Plan General Municipal de Deleitosa afecta al suelo rústico del término municipal.
La superficie afectada por la modificación propuesta tal y como indica el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas en su informe, incluye a la ZEC “Río Almonte”, ZEC “Monfragüe”, ZEPA “Riberos del Almonte” y ZEPA “Monfragüe y Dehesas del
Entorno”, además se encuentra en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe. El análisis y
valoración ambiental de la actividad por parte del citado Servicio, concluye que las nuevas
determinaciones establecidas en cuanto a usos y condiciones de edificación en suelo rústico no suponen en la práctica cambios sustanciales respecto a lo ya permitido en materia de
usos y construcciones, por aplicación de la LOTUS y el PGM vigente. Los usos y condiciones
de edificación que se regulan de forma precisa para cada categoría de suelo rústico apenas
difieren de los que en la actualidad se podrían materializar en aplicación de la disposición
transitoria segunda de la LOTUS y del vigente PGM, emitiendo informe favorable a la aprobación de la modificación puntual n.º 3 del Plan General Municipal de Deleitosa.
Con respecto al medio hídrico la Confederación Hidrográfica del Tajo indica que, dado el
carácter genérico de la modificación, no es posible realizar un pronunciamiento en relación a las posibles afecciones que la modificación pudiera provocar en el dominio público
hidráulico. Añade que parte del término se asienta sobre la masa de agua subterránea
“ES030MSBT030.023 – Talaván”. Además, el término municipal de Deleitosa se encuentra
dentro de la cuenca vertiente de la Reserva Natural Fluvial del río Almonte. Cabe decir que
el río Almonte fue declarado como Reserva Natural Fluvial por Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Acuerdo del Consejo
de Ministros de 20 de noviembre de 2015, e identificado con el código ES030RNF084.
Con respecto a las infraestructuras rurales, el Servicio de Infraestructuras Rurales ha indicado que la modificación no afecta al dominio de vías pecuarias, al considerarse las vías
pecuarias como Suelo No Urbanizable de Protección de Infraestructuras de Vías Pecuarias
(SNUP-I5).
Respecto al patrimonio cultural, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural ha indicado que no aprecia obstáculo para continuar la tramitación del expediente
por no resultar afectado, directamente, ningún bien integrante del patrimonio histórico y
cultural de Extremadura, de acuerdo con los Registros e Inventarios de la Consejería de
Cultura, Turismo, Jóvenes y Deporte.
Con respecto a los terrenos forestales el informe del Servicio de Ordenación y Gestión
Forestal ha indicado que los terrenos que componen el monte de utilidad pública n.º