Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2025062637)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Riexna Solar, SL, para la instalación fotovoltaica "Parque Solar Coria", ubicada en el término municipal de Coria (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/18/23.
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NÚMERO 130
Martes 8 de julio de 2025
38964
ción cronocultural de los restos y se definirá la extensión máxima del yacimiento en
superficie. Estos datos serán remitidos mediante informe técnico a la Dirección General
de Patrimonio Cultural con copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas
competencias en función del ámbito de actuación de la actividad.
Una vez recibido, se cursará visita de evaluación con carácter previo a la emisión de informe
de necesidad de excavación completa de los hallazgos localizados conforme a los criterios
técnicos y metodológicos establecidos en el siguiente apartado. La excavación se realizará
en extensión, empleando metodología de excavación adecuada para intervenciones arqueológicas, debiendo incluir obligatoriamente:
Criterios técnicos y metodológicos.
Las excavaciones arqueológicas que pudieran desarrollarse con motivo de hallazgos casuales se realizarán bajo los siguientes condicionantes técnicos y metodológicos:
La totalidad de la zona que contenga restos arqueológicos habrá de ser excavada manualmente con metodología arqueológica al objeto de caracterizar el contexto cultural de los
hallazgos, recuperar las estructuras conservadas, conocer la funcionalidad de los distintos elementos y establecer tanto su marco cultural como cronológico. La excavación se
realizará por técnico/s especializado, con experiencia en la documentación de restos de
cronología y funcionalidad similares a los localizados y siguiendo la normativa en vigor. Se
realizarán igualmente por técnicos especializados estudios complementarios de carácter
antropológico (cuando se detecte la presencia de restos humanos), faunísticos (cuando se
detecte la presencia de restos de fauna en el yacimiento paleobotánicos (cuando se detecte
la presencia de restos carpológicos y vegetales de interés) y en todo caso, al menos, tres
dataciones AMS C14 de ciclo corto para establecer un marco cronológico ajustado de los
hallazgos efectuados.
Al objeto de dar sentido a la definición contextual de los restos y a la evolución histórica
del yacimiento dicha excavación no se limitará en exclusiva a la zona de afección directa,
sino que podrá extenderse hasta alcanzar la superficie necesaria para tal fin. Así mismo, se
acometerán cuantos procesos analíticos (dataciones, botánicos, faunísticos, etc.) se consideren necesarios para clarificar aspectos relativos al marco cronológico y paleopaisajístico
del yacimiento o estructuras geológicas afectadas.
Las planimetrías (alzados, secciones) y los dibujos de material debidamente digitalizados
y a escalas de detalle 1/20 y 1/50 para las estructuras arqueológicas y 1/1 para los materiales muebles. Las estructuras estarán georeferenciadas conforme al Datum ETRS 89 en
el Huso 30.
Martes 8 de julio de 2025
38964
ción cronocultural de los restos y se definirá la extensión máxima del yacimiento en
superficie. Estos datos serán remitidos mediante informe técnico a la Dirección General
de Patrimonio Cultural con copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas
competencias en función del ámbito de actuación de la actividad.
Una vez recibido, se cursará visita de evaluación con carácter previo a la emisión de informe
de necesidad de excavación completa de los hallazgos localizados conforme a los criterios
técnicos y metodológicos establecidos en el siguiente apartado. La excavación se realizará
en extensión, empleando metodología de excavación adecuada para intervenciones arqueológicas, debiendo incluir obligatoriamente:
Criterios técnicos y metodológicos.
Las excavaciones arqueológicas que pudieran desarrollarse con motivo de hallazgos casuales se realizarán bajo los siguientes condicionantes técnicos y metodológicos:
La totalidad de la zona que contenga restos arqueológicos habrá de ser excavada manualmente con metodología arqueológica al objeto de caracterizar el contexto cultural de los
hallazgos, recuperar las estructuras conservadas, conocer la funcionalidad de los distintos elementos y establecer tanto su marco cultural como cronológico. La excavación se
realizará por técnico/s especializado, con experiencia en la documentación de restos de
cronología y funcionalidad similares a los localizados y siguiendo la normativa en vigor. Se
realizarán igualmente por técnicos especializados estudios complementarios de carácter
antropológico (cuando se detecte la presencia de restos humanos), faunísticos (cuando se
detecte la presencia de restos de fauna en el yacimiento paleobotánicos (cuando se detecte
la presencia de restos carpológicos y vegetales de interés) y en todo caso, al menos, tres
dataciones AMS C14 de ciclo corto para establecer un marco cronológico ajustado de los
hallazgos efectuados.
Al objeto de dar sentido a la definición contextual de los restos y a la evolución histórica
del yacimiento dicha excavación no se limitará en exclusiva a la zona de afección directa,
sino que podrá extenderse hasta alcanzar la superficie necesaria para tal fin. Así mismo, se
acometerán cuantos procesos analíticos (dataciones, botánicos, faunísticos, etc.) se consideren necesarios para clarificar aspectos relativos al marco cronológico y paleopaisajístico
del yacimiento o estructuras geológicas afectadas.
Las planimetrías (alzados, secciones) y los dibujos de material debidamente digitalizados
y a escalas de detalle 1/20 y 1/50 para las estructuras arqueológicas y 1/1 para los materiales muebles. Las estructuras estarán georeferenciadas conforme al Datum ETRS 89 en
el Huso 30.