Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025040110)
Decreto 65/2025, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para el curso académico 2024-2025.
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NÚMERO 130
Martes 8 de julio de 2025
38851
b) Documento acreditativo de expediente académico. En el caso que se oponga expresamente marcando la casilla que al efecto figura en la solicitud, en cuyo caso la solicitud
deberá acompañarse de una certificación académica del alumnado solicitante expedida
por el centro educativo, tal y como se especifica en el anexo II. Si no manifiesta oposición, para el caso de alumnado solicitante de centros sostenidos con fondos públicos,
el órgano gestor consultará de oficio los datos académicos a través de la Plataforma
Educativa Rayuela.
La presentación de dicha certificación será obligatoria en el supuesto de alumnado de
centros privados autorizados. Para el alumnado de danza o música, el cumplimiento de
los requisitos del artículo 3 de este decreto, se acreditará mediante certificación académica oficial, expedida por el secretario o secretaria del Conservatorio en el que el alumno o alumna finalizó sus estudios de enseñanzas profesionales de danza o de música,
según corresponda.
En el caso de alumnado de artes plásticas y diseño, el expediente académico se acreditará mediante certificación académica personal, expedida por el secretario o secretaria
del centro donde el alumno o alumna haya finalizado sus estudios, con indicación expresa de la nota media o calificación obtenida por el alumnado, con el visto bueno del
director o libro de calificaciones.
c) En el caso de que la persona interesada sea menor de edad, documento acreditativo de
la condición de tutor/a o representante legal, únicamente cuando se haya manifestado
oposición expresa a su consulta en la Plataforma Educativa Rayuela. En tal caso, marcando la casilla correspondiente en el modelo de solicitud, deberá aportarse copia del
libro de familia o del documento legal que acredite la guarda y custodia de la persona
menor.
No obstante lo anterior, aun cuando no se haya formulado oposición expresa a la consulta de oficio, la Administración podrá requerir la aportación de dicha documentación
cuando no resulte posible efectuar su comprobación a través de los medios electrónicos
disponibles.
d) Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y Estatal. La persona solicitante podrá
autorizar la consulta y obtención del certificado acreditativo por parte de los organismos
competentes. En caso de no conceder dicha autorización, deberá aportar el certificado
acreditativo correspondiente.
e) D
ocumento acreditativo del cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social. El
solicitante podrá autorizar la consulta y obtención de los datos que acrediten que se
Martes 8 de julio de 2025
38851
b) Documento acreditativo de expediente académico. En el caso que se oponga expresamente marcando la casilla que al efecto figura en la solicitud, en cuyo caso la solicitud
deberá acompañarse de una certificación académica del alumnado solicitante expedida
por el centro educativo, tal y como se especifica en el anexo II. Si no manifiesta oposición, para el caso de alumnado solicitante de centros sostenidos con fondos públicos,
el órgano gestor consultará de oficio los datos académicos a través de la Plataforma
Educativa Rayuela.
La presentación de dicha certificación será obligatoria en el supuesto de alumnado de
centros privados autorizados. Para el alumnado de danza o música, el cumplimiento de
los requisitos del artículo 3 de este decreto, se acreditará mediante certificación académica oficial, expedida por el secretario o secretaria del Conservatorio en el que el alumno o alumna finalizó sus estudios de enseñanzas profesionales de danza o de música,
según corresponda.
En el caso de alumnado de artes plásticas y diseño, el expediente académico se acreditará mediante certificación académica personal, expedida por el secretario o secretaria
del centro donde el alumno o alumna haya finalizado sus estudios, con indicación expresa de la nota media o calificación obtenida por el alumnado, con el visto bueno del
director o libro de calificaciones.
c) En el caso de que la persona interesada sea menor de edad, documento acreditativo de
la condición de tutor/a o representante legal, únicamente cuando se haya manifestado
oposición expresa a su consulta en la Plataforma Educativa Rayuela. En tal caso, marcando la casilla correspondiente en el modelo de solicitud, deberá aportarse copia del
libro de familia o del documento legal que acredite la guarda y custodia de la persona
menor.
No obstante lo anterior, aun cuando no se haya formulado oposición expresa a la consulta de oficio, la Administración podrá requerir la aportación de dicha documentación
cuando no resulte posible efectuar su comprobación a través de los medios electrónicos
disponibles.
d) Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y Estatal. La persona solicitante podrá
autorizar la consulta y obtención del certificado acreditativo por parte de los organismos
competentes. En caso de no conceder dicha autorización, deberá aportar el certificado
acreditativo correspondiente.
e) D
ocumento acreditativo del cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social. El
solicitante podrá autorizar la consulta y obtención de los datos que acrediten que se