Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Digitalización. Subvenciones. (2025040112)
Decreto 67/2025, de 1 de julio, por el que se regula de forma singular la concesión directa de subvenciones para que se destinen a la adquisición de sistemas digitales interactivos a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el equipamiento de aulas digitales, dentro de las actuaciones del Programa para la digitalización del sistema educativo en el marco del Componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea a través del programa NextGenerationEU.
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NÚMERO 129
38580
Lunes 7 de julio de 2025
Por todo lo expuesto, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
en el artículo 32.1.d) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su
sesión de 1 de julio de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. E
l presente decreto tiene por objeto la regulación de la concesión directa con carácter
excepcional y por razones de interés público de subvenciones para que se destinen a la
adquisición de Sistemas Digitales Interactivos (SDI) a centros privados concertados sostenidos con fondos públicos cuyo alumnado se encuentre en situación de vulnerabilidad
socioeconómica, cumpliendo el requisito de contar con al menos con un 30% de alumnado
en situación vulnerable en segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria y/o Secundaria
Obligatoria que impartan formación conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020 dentro del ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Este decreto se implementa en cumplimiento de la Resolución de 10 de septiembre de 2021,
de la Secretaría de Estado de Educación, que publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial
de Educación de 21 de julio de 2021. Dicho acuerdo aprueba la propuesta de distribución
territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas
destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo, en el ejercicio presupuestario 2021. Este programa se enmarca en el Componente 19 “Plan Nacional de Capa
cidades Digitales” del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y en su anexo Programa
de Cooperación Territorial para la Digitalización del Ecosistema Educativo PCT #EcoDigEdu.
3. L
a finalidad de esta subvención es la creación de aulas digitales interactivas. Dicho material
consistirá en un panel digital interactivo móvil y un equipo ordenador portátil junto con los
elementos que permitan la conectividad, tanto cableada como sin ella, entre ambos dispositivos. Este tipo de dotación de aula básica será definida en las características técnicas
que complementen este decreto.
Artículo 2. Razones que justifican la concesión directa.
1. L
a concesión directa con carácter excepcional objeto de esta subvención a las entidades
descritas en el anexo I que acompaña al presente decreto, encuentra su justificación en
38580
Lunes 7 de julio de 2025
Por todo lo expuesto, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
en el artículo 32.1.d) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su
sesión de 1 de julio de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. E
l presente decreto tiene por objeto la regulación de la concesión directa con carácter
excepcional y por razones de interés público de subvenciones para que se destinen a la
adquisición de Sistemas Digitales Interactivos (SDI) a centros privados concertados sostenidos con fondos públicos cuyo alumnado se encuentre en situación de vulnerabilidad
socioeconómica, cumpliendo el requisito de contar con al menos con un 30% de alumnado
en situación vulnerable en segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria y/o Secundaria
Obligatoria que impartan formación conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020 dentro del ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Este decreto se implementa en cumplimiento de la Resolución de 10 de septiembre de 2021,
de la Secretaría de Estado de Educación, que publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial
de Educación de 21 de julio de 2021. Dicho acuerdo aprueba la propuesta de distribución
territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas
destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo, en el ejercicio presupuestario 2021. Este programa se enmarca en el Componente 19 “Plan Nacional de Capa
cidades Digitales” del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y en su anexo Programa
de Cooperación Territorial para la Digitalización del Ecosistema Educativo PCT #EcoDigEdu.
3. L
a finalidad de esta subvención es la creación de aulas digitales interactivas. Dicho material
consistirá en un panel digital interactivo móvil y un equipo ordenador portátil junto con los
elementos que permitan la conectividad, tanto cableada como sin ella, entre ambos dispositivos. Este tipo de dotación de aula básica será definida en las características técnicas
que complementen este decreto.
Artículo 2. Razones que justifican la concesión directa.
1. L
a concesión directa con carácter excepcional objeto de esta subvención a las entidades
descritas en el anexo I que acompaña al presente decreto, encuentra su justificación en