Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Digitalización. Subvenciones. (2025040112)
Decreto 67/2025, de 1 de julio, por el que se regula de forma singular la concesión directa de subvenciones para que se destinen a la adquisición de sistemas digitales interactivos a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el equipamiento de aulas digitales, dentro de las actuaciones del Programa para la digitalización del sistema educativo en el marco del Componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea a través del programa NextGenerationEU.
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NÚMERO 129
Lunes 7 de julio de 2025
38577
recho a la educación en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades. Esto implica un
sistema educativo que garantice el acceso y permanencia en una escolarización personalizada
y ajustada a las necesidades educativas de cada estudiante.
Por su parte, el artículo 2, en su apartado l) subraya la importancia de capacitar al alumnado
para garantizar su plena inserción en la sociedad digital, promoviendo un uso seguro y respetuoso de los medios digitales.
En correlación, el artículo 72.2, establece que las Administraciones educativas deben dotar
a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE), aplicando los mismos criterios para los
centros públicos y privados concertados.
Finalmente, el capítulo II, sobre equidad y compensación de las desigualdades en educación,
en su artículo 81.4 dispone que las Administraciones educativas proporcionarán a los centros
públicos y privados concertados los recursos humanos y materiales necesarios para compensar la situación de los alumnos que tengan especiales dificultades para alcanzar los objetivos
educativos debido a sus condiciones sociales.
En cuanto a la competencia para llevar a cabo las actuaciones que materialicen el objeto de
este decreto señalar que la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de
Autonomía de Extremadura en su artículo 10.1.4, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión,
niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por su parte, el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de Extremadura
(DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre de 2023), atribuye a esta consejería “las
competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación”.
Procede, por tanto, dar viabilidad, a lo previsto en el Plan Nacional de Competencias Digitales
cuyo objetivo es garantizar la inclusión digital, y avanzar en el desarrollo de competencias
básicas para el uso de las tecnologías digitales con autonomía y suficiencia.
A tal fin la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, a través del Servicio de Tecnologías de la Educación adscrito a la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, concede estas subvenciones para
crear aulas digitales interactivas en centros privados educativos sostenidos con fondos públicos que cuentan con un mínimo del 30% de alumnado vulnerable en el segundo ciclo de Edu-
Lunes 7 de julio de 2025
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recho a la educación en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades. Esto implica un
sistema educativo que garantice el acceso y permanencia en una escolarización personalizada
y ajustada a las necesidades educativas de cada estudiante.
Por su parte, el artículo 2, en su apartado l) subraya la importancia de capacitar al alumnado
para garantizar su plena inserción en la sociedad digital, promoviendo un uso seguro y respetuoso de los medios digitales.
En correlación, el artículo 72.2, establece que las Administraciones educativas deben dotar
a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE), aplicando los mismos criterios para los
centros públicos y privados concertados.
Finalmente, el capítulo II, sobre equidad y compensación de las desigualdades en educación,
en su artículo 81.4 dispone que las Administraciones educativas proporcionarán a los centros
públicos y privados concertados los recursos humanos y materiales necesarios para compensar la situación de los alumnos que tengan especiales dificultades para alcanzar los objetivos
educativos debido a sus condiciones sociales.
En cuanto a la competencia para llevar a cabo las actuaciones que materialicen el objeto de
este decreto señalar que la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de
Autonomía de Extremadura en su artículo 10.1.4, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión,
niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por su parte, el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de Extremadura
(DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre de 2023), atribuye a esta consejería “las
competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación”.
Procede, por tanto, dar viabilidad, a lo previsto en el Plan Nacional de Competencias Digitales
cuyo objetivo es garantizar la inclusión digital, y avanzar en el desarrollo de competencias
básicas para el uso de las tecnologías digitales con autonomía y suficiencia.
A tal fin la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, a través del Servicio de Tecnologías de la Educación adscrito a la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, concede estas subvenciones para
crear aulas digitales interactivas en centros privados educativos sostenidos con fondos públicos que cuentan con un mínimo del 30% de alumnado vulnerable en el segundo ciclo de Edu-