Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Policías Locales. (2025050104)
Orden de 30 de junio de 2025 por la que se modifican los anexos del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único y se deroga la Orden de 16 de febrero de 2023 por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 128
Viernes 4 de julio de 2025

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2.7. Enfermedades reumáticas que originen trastornos funcionales.
2.8. Afecciones sistémicas del tejido conjuntivo.
2.9. Tumores malignos y lesiones precancerosas de cualquier localización y forma clínica y
los benignos que, por su tamaño o localización originen trastornos funcionales incompatibles con las actividades del servicio.
2.10. Cualquier hallazgo, alteración, lesión o enfermedad que, bien por sí mismo, su evolución, secuelas o por el tratamiento o su necesidad de control, dificulte o limite significativamente el correcto desempeño de las funciones encomendadas o supongan un riego para
sí mismo o para terceros.
2.11. Evidencia de consumo de cualquier tipo de sustancia psicotrópica o droga, incluido
alcohol, o su detección analítica en el reconocimiento médico, así como de cualquier tipo
de medicación que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapacite para la realización de las actividades propias del servicio.
3. O
 jo y visión.
3.1. Anomalías o alteraciones congénitas o adquiridas del ojo sus anejos que produzcan o
puedan producir alteraciones anatómicas manifiestas o importantes trastornos funcionales.
3.2. Pérdida o atrofia de un globo ocular.
3.3. Exoftalmos si interfiere el cierre correcto de los párpados.
3.4. Patologías orbitarias o sus secuelas con repercusión funcional.
3.5. Dacriocistitis de repetición unilateral o bilateral. Epiforas crónicas, uni o bilaterales.
3.6. Blefaroptosis que con la mirada al frente, impida la visión.
3.7. Coloboma congénito de párpado. Alteraciones palpebroconjutivales que dificulten la
visión o produzcan alteraciones morfológicas marcadas. Entropión. Ectropion. Triquiasis y
distriquiasis.
3.8. Conjuntivitis crónica. Tracoma. Xeroftalmia. Pterigión uni o bilateral de marcado desarrollo. Alteraciones conjuntivales cicatriciales.
3.9. Queratitis. Leucomas corneales centrales o periféricos con alteraciones de la agudeza
visual. Estafilomas de córnea y esclera. Degeneraciones y distrofias corneales. Ectasias
corneales. Trasplante de córnea y anillos intraestromales corneales. Queratocono. En ningún caso se admitirán lentes fáquicas.