Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062578)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector comercio del calzado, artículos de piel y viaje de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025

37926

El Comité de Seguridad y Salud, así como los delegados de prevención, tendrán las garantías
y competencias que se establezcan en la vigente Ley de Prevención de Riesgos Laborales y
otras disposiciones en la materia.
Se consideran riesgos laborales evaluables los riesgos psicosociales, estableciéndose por tanto el compromiso de su evaluación y aplicación de las medidas preventivas oportunas. El
método de evaluación debe ser consensuado con la representación sindical.
A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención
de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la
protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
La persona trabajadora que no pueda prestar el rendimiento normal en su categoría profesional por razón de deficiencia física o psíquica, tendrá prioridad para que la empresa le asigne
un puesto de trabajo adecuado a sus capacidades sin merma salarial.
Las empresas adoptarán las medidas oportunas para hacer accesibles los locales y puestos de
trabajo a las personas trabajadoras con discapacidad física, eliminando las barreras y obstáculos que impidan o dificulten su movilidad.
Aquellas personas trabajadoras y/o grupos de trabajadores que por sus características persona- les u otras circunstancias presenten una mayor vulnerabilidad a determinados riesgos,
deberán ser protegidos de forma específica, debiendo la empresa adaptar los puestos de
trabajo a sus necesidades particulares y en el caso de que esto no sea posible, facilitando
la reubicación de estos/as a otros puestos dentro de la organización de la misma categoría
profesional libres de los efectos negativos para su salud encontrados; así como beneficiarse
de una vigilancia de su salud de forma especial.
Las partes firmantes del presente convenio, consideran necesario actuar de forma responsable y respetuosa con el medio ambiente, prestando atención a los intereses y preocupaciones
de la sociedad. Así mismo, se comprometen a poner en marcha actuaciones encaminadas a
mejorar la gestión ambiental a través de la puesta en marcha de buenas prácticas y un comportamiento adecuado en; reciclaje de papel, uso de sustancias tóxicas, recogida y recuperación de residuos, ahorro de agua, energía y recursos.
Asimismo, las empresas están obligadas a que todas las personas trabajadoras a su servicio
reciban a través de los cursos correspondientes, la formación teórica y práctica suficiente y
adecuada, en materia preventiva, relacionada con su puesto de trabajo, así cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se produzcan nuevas tecnologías o cambios
en los equipos de trabajo.