Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2025062598)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria y Enseñanzas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2025/2026.
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NÚMERO 124
Lunes 30 de junio de 2025

37510

7. E
 n base al listado definitivo de baremación y de las vacantes escolares, se procederá a la
adjudicación definitiva.
8. C
 ontra la resolución del listado definitivo podrá interponerse recurso de alzada, mediante
escrito dirigido a la Comisión Provincial de Escolarización ante la correspondiente Delegación Provincial de Educación.
Décimo. Matriculación del alumnado de nuevo ingreso.
El alumnado que habiendo participado en el procedimiento de admisión haya obtenido la adjudicación de una vacante escolar, será matriculado de oficio por el centro educativo.
Undécimo. Listas de esperas.
1. Finalizado el proceso de matriculación del alumnado de nuevo ingreso, se generarán listas
de espera con aquellos solicitantes que no obtuvieron plaza en los módulos solicitados,
conforme al modelo establecido en el anexo VII. Estas listas permitirán ordenar el llamamiento que los centros educativos han de realizar en caso de generarse vacantes, en
atención a los criterios de baremación del artículo 12 de la Orden de 12 de junio de 2025.
2. El llamamiento telefónico por parte del centro a las personas que integran la lista de espera, al número o números consignados en la solicitud, será ordenado, personal y no público
siendo realizado en el período establecido para ello en el calendario de actuaciones. En
caso de no obtener respuesta en el tercer intento, se pasará al siguiente candidato, debiendo mediar un tiempo mínimo de una hora entre cada uno de los intentos. Una vez realizado
el llamamiento, se dará un plazo de 24 horas para la formalización de la matrícula.
Duodécimo. Admisión extraordinaria.
1. E
 n el caso de existir vacantes finalizando el llamamiento por las listas de espera, y a partir
de la fecha que indica el calendario de actuaciones, aquellas personas interesadas que no
hayan presentado instancias dentro de los plazos previstos o que hayan sido excluidas del
proceso por incumplimiento de los términos exigidos, siempre que cumplan con las condiciones de acceso indicadas en el resuelvo segundo, podrán presentar solicitud de admisión
extraordinaria conforme al modelo del anexo VIII.
2. La ordenación de las solicitudes que se presenten se realizará en función de su fecha de
entrada en los Centros de Enseñanza de Personas Adultas. El llamamiento telefónico será
ordenado, personal y no público, y lo realizará el propio centro, durante el periodo establecido en el calendario de actuaciones, a las personas que integran el listado de solicitudes.