Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2025062598)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria y Enseñanzas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2025/2026.
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NÚMERO 124
Lunes 30 de junio de 2025

37512

Décimo quinto. Documentación.
1. L
 a documentación que deberá acompañar a la solicitud de admisión será la siguiente:
a. Requisitos de acceso:


i. Acreditación de la identidad de la persona solicitante Acreditación de la identidad de la
persona solicitante. La administración competente de la tramitación del procedimiento, que implica el tratamiento de datos personales, tiene la autoridad para verificar
los datos personales proporcionados por el interesado en la solicitud, conforme a la
disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales (BOE núm. 294, de
6 de diciembre).Conforme a lo establecido en los artículos 28.2 y 53.1.d) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas el órgano gestor recabará de oficio dicha información a través de
(CDI), salvo que conste oposición expresa manifestada en la solicitud para la comprobación de los datos de identificación, en cuyo caso, la persona solicitante deberá
aportar cualquier documento de identificación válido, vigente y en formato original.



ii. Acreditación de que cumple los requisitos previstos en el resuelvo segundo de esta
resolución:

1. Documentación que acredite la consideración de deportista de alto nivel o alto
rendimiento. Deberá aportarse certificación del dictamen emitido por el órgano
público competente.


2. Documentación que acredite tener un contrato laboral que no le permita acudir a
los centros educativos en régimen ordinario, para el alumnado mayor de 16 años.
La persona interesada deberá aportar cualquier de los siguientes documentos:



a. Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad
laboral a la que estuviera afiliada la persona solicitante, donde conste la empresa, categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación.



b. C
 ertificación de la empresa, en la que conste fehacientemente la duración del
contrato y la actividad desarrollada.

b. Criterios de prioridad, en atención a lo establecido en el artículo 12 de la Orden 12 de
junio de 2025:


i. En primer lugar, el alumnado que, habiendo estado matriculado en el mismo centro
en el curso anterior, haya concluido las Enseñanzas Iniciales y pretenda acceder a las
enseñanzas de Educación Secundaria para Personas Adultas en ese mismo centro.