Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062524)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) para financiar la investigación, desarrollo e innovación del Área Técnica de Fomento de la Calidad, Eficiencia Energética y Energías Renovables en los Demostradores en Energía y Arquitectura Experimental del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), en el ámbito de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, para los ejercicios 2025 a 2026.
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NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025
36774
f) Atender a las necesidades particulares de los tipos arquitectónicos y sistemas constructivos tradicionales, facilitando su adaptación a los criterios generales de calidad en la
edificación.
g) Gestionar programas de ayudas encaminados a la rehabilitación integral y mejora de la
calidad de las viviendas, así como a la regeneración urbana de barrios.
h) E
jercer las competencias sobre eficiencia energética y accesibilidad en materia de vivienda, así como su control e inspección.
i) Gestionar el Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), así como
fomentar y difundir su actividad investigadora.
j) Fomentar la colaboración y concertación con todos los agentes que intervienen en el
sector de la edificación de vivienda y en el mercado inmobiliario, a través de los distintos mecanismos habilitados al efecto y, en particular, en el seno del Consejo Asesor de
Vivienda de Extremadura.
k) Promover y desarrollar estudios y análisis relacionados con la vivienda, la arquitectura,
la calidad de la edificación y la regeneración urbana, así como acciones de sensibilización, formación, información y difusión de sus valores y de los instrumentos, planes y
programas que se elaboren para tal fin en Extremadura.
Segundo. Las actuaciones a desarrollar en el marco del presente convenio tienen su origen
en las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre “Urbanismo
y vivienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación” contemplada en el
art. 9.1.31 de su Estatuto de Autonomía en la redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero de reforma del mismo.
Haciendo uso de las mencionadas competencias se ha ido avanzando en el proceso de desarrollo normativo en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma, destacando la Ley
11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, que regula
medidas de fomento de la calidad en la edificación, ahorro energético y fomento de materiales
y energías sostenibles.
El carácter plurianual del convenio viene justificado por el tipo de actuaciones que se han de
acometer en el mismo:
— La Actuación 1 “Programa de fomento de la calidad en la edificación” está constituida
por acciones que deben ser continuas para asegurar su eficacia y el control de los laboratorios y entidades. Por una parte el Decreto 19/2013, de 5 de marzo (D.O.E. N.º.47,
Jueves 26 de junio de 2025
36774
f) Atender a las necesidades particulares de los tipos arquitectónicos y sistemas constructivos tradicionales, facilitando su adaptación a los criterios generales de calidad en la
edificación.
g) Gestionar programas de ayudas encaminados a la rehabilitación integral y mejora de la
calidad de las viviendas, así como a la regeneración urbana de barrios.
h) E
jercer las competencias sobre eficiencia energética y accesibilidad en materia de vivienda, así como su control e inspección.
i) Gestionar el Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), así como
fomentar y difundir su actividad investigadora.
j) Fomentar la colaboración y concertación con todos los agentes que intervienen en el
sector de la edificación de vivienda y en el mercado inmobiliario, a través de los distintos mecanismos habilitados al efecto y, en particular, en el seno del Consejo Asesor de
Vivienda de Extremadura.
k) Promover y desarrollar estudios y análisis relacionados con la vivienda, la arquitectura,
la calidad de la edificación y la regeneración urbana, así como acciones de sensibilización, formación, información y difusión de sus valores y de los instrumentos, planes y
programas que se elaboren para tal fin en Extremadura.
Segundo. Las actuaciones a desarrollar en el marco del presente convenio tienen su origen
en las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre “Urbanismo
y vivienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación” contemplada en el
art. 9.1.31 de su Estatuto de Autonomía en la redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero de reforma del mismo.
Haciendo uso de las mencionadas competencias se ha ido avanzando en el proceso de desarrollo normativo en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma, destacando la Ley
11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, que regula
medidas de fomento de la calidad en la edificación, ahorro energético y fomento de materiales
y energías sostenibles.
El carácter plurianual del convenio viene justificado por el tipo de actuaciones que se han de
acometer en el mismo:
— La Actuación 1 “Programa de fomento de la calidad en la edificación” está constituida
por acciones que deben ser continuas para asegurar su eficacia y el control de los laboratorios y entidades. Por una parte el Decreto 19/2013, de 5 de marzo (D.O.E. N.º.47,