Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062524)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) para financiar la investigación, desarrollo e innovación del Área Técnica de Fomento de la Calidad, Eficiencia Energética y Energías Renovables en los Demostradores en Energía y Arquitectura Experimental del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), en el ámbito de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, para los ejercicios 2025 a 2026.
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NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025
36797
audiencia de INTROMAC, la devolución total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas
con los intereses legales correspondientes. De no reintegrarse voluntariamente se exigirá la
devolución conforme a la normativa que resulte de aplicación.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda y dos representantes de INTROMAC, designados por
quienes suscriben el presente Convenio.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de INTROMAC.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar el seguimiento de las actuaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a
desarrollar.
— Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente Convenio.
— Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar INTROMAC, la disponibilidad de la información.
— Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
séptima del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento, quedará constituida de manera formal en la primera reunión y
contará con la aprobación expresa de la persona titular de la Secretaría General de Vivienda,
Arquitectura y Regeneración Urbana. Se organizará mediante la celebración de reuniones de
seguimiento, en las cuales:
— INTROMAC realizará la convocatoria de reuniones de la Comisión de Seguimiento, estas
se celebrarán, como mínimo, con carácter cuatrimestral o tres veces al año;
— INTROMAC expondrá las actividades realizadas, nuevas propuestas y actividades pendientes de realizar, de acuerdo con el Plan Anual de Actividades aprobado;
Jueves 26 de junio de 2025
36797
audiencia de INTROMAC, la devolución total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas
con los intereses legales correspondientes. De no reintegrarse voluntariamente se exigirá la
devolución conforme a la normativa que resulte de aplicación.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda y dos representantes de INTROMAC, designados por
quienes suscriben el presente Convenio.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de INTROMAC.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar el seguimiento de las actuaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a
desarrollar.
— Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente Convenio.
— Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar INTROMAC, la disponibilidad de la información.
— Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
séptima del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento, quedará constituida de manera formal en la primera reunión y
contará con la aprobación expresa de la persona titular de la Secretaría General de Vivienda,
Arquitectura y Regeneración Urbana. Se organizará mediante la celebración de reuniones de
seguimiento, en las cuales:
— INTROMAC realizará la convocatoria de reuniones de la Comisión de Seguimiento, estas
se celebrarán, como mínimo, con carácter cuatrimestral o tres veces al año;
— INTROMAC expondrá las actividades realizadas, nuevas propuestas y actividades pendientes de realizar, de acuerdo con el Plan Anual de Actividades aprobado;