Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062508)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), para la prestación de servicios educativos, en el marco de la escuela inclusiva, al alumnado con discapacidad visual.
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025
36611
pueda recibir dicha formación. Así mismo se llevará a cabo la coordinación necesaria entre el
centro escolar donde el alumno/a esté matriculado y el centro de la ONCE de su zona, para
determinar los objetivos a abordar por cada uno de ellos, teniendo en cuenta que el alumno
deberá permanecer el máximo tiempo del horario escolar en el centro en el que está matriculado.
Garantizar la formación de todos los profesionales adscritos a los Equipos Específicos, a través
de convocatorias propuestas por ambas instituciones, relacionadas tanto con acciones generales educativas como aquellas otras propias de la discapacidad visual.
Colaborar en la formación de los profesionales que intervengan en la educación y atención
especializada de este alumnado, tanto por la ONCE, como por la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Proponer y realizar acciones formativas sobre herramientas, recursos, código de lectoescritura, accesibilidad, etc. a la comunidad educativa de aquellos centros en los que se escolarice
el alumnado objeto de este convenio. Se extenderán estas acciones a todos los centros educativos de esta Comunidad Autónoma para proporcionar un abordaje preventivo y un mayor
conocimiento de las necesidades específicas de todo el alumnado.
Establecer la oportuna coordinación entre los servicios educativos y otros servicios sociales,
sanitarios, etc necesarios para garantizar las condiciones óptimas de la atención educativa a
las personas con discapacidad visual de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Favorecer la implicación de cuantos recursos humanos, económicos, técnicos y materiales se
consideren necesarios, para ofertar los apoyos imprescindibles al alumnado con discapacidad
visual.
Permitir el desarrollo de actividades conjuntas que garanticen al alumnado con discapacidad
visual y sus familias, una atención educativa en competencias sociales y autonomía
Potenciar el desarrollo de acciones conjuntas, de acuerdo con la normativa vigente, que garanticen la respuesta educativa inclusiva que permita la identificación, la participación y el
aprendizaje del alumnado con discapacidad visual grave.
Garantizar, a través de la Comisión Técnica de Seguimiento, el intercambio de información y
facilitar los datos que se requieran para estadísticas, elaboración de programas, etc.
Establecer los mecanismos de control pertinentes para garantizar, conforme a la legislación
vigente, lo establecido en el presente convenio.
Miércoles 25 de junio de 2025
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pueda recibir dicha formación. Así mismo se llevará a cabo la coordinación necesaria entre el
centro escolar donde el alumno/a esté matriculado y el centro de la ONCE de su zona, para
determinar los objetivos a abordar por cada uno de ellos, teniendo en cuenta que el alumno
deberá permanecer el máximo tiempo del horario escolar en el centro en el que está matriculado.
Garantizar la formación de todos los profesionales adscritos a los Equipos Específicos, a través
de convocatorias propuestas por ambas instituciones, relacionadas tanto con acciones generales educativas como aquellas otras propias de la discapacidad visual.
Colaborar en la formación de los profesionales que intervengan en la educación y atención
especializada de este alumnado, tanto por la ONCE, como por la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Proponer y realizar acciones formativas sobre herramientas, recursos, código de lectoescritura, accesibilidad, etc. a la comunidad educativa de aquellos centros en los que se escolarice
el alumnado objeto de este convenio. Se extenderán estas acciones a todos los centros educativos de esta Comunidad Autónoma para proporcionar un abordaje preventivo y un mayor
conocimiento de las necesidades específicas de todo el alumnado.
Establecer la oportuna coordinación entre los servicios educativos y otros servicios sociales,
sanitarios, etc necesarios para garantizar las condiciones óptimas de la atención educativa a
las personas con discapacidad visual de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Favorecer la implicación de cuantos recursos humanos, económicos, técnicos y materiales se
consideren necesarios, para ofertar los apoyos imprescindibles al alumnado con discapacidad
visual.
Permitir el desarrollo de actividades conjuntas que garanticen al alumnado con discapacidad
visual y sus familias, una atención educativa en competencias sociales y autonomía
Potenciar el desarrollo de acciones conjuntas, de acuerdo con la normativa vigente, que garanticen la respuesta educativa inclusiva que permita la identificación, la participación y el
aprendizaje del alumnado con discapacidad visual grave.
Garantizar, a través de la Comisión Técnica de Seguimiento, el intercambio de información y
facilitar los datos que se requieran para estadísticas, elaboración de programas, etc.
Establecer los mecanismos de control pertinentes para garantizar, conforme a la legislación
vigente, lo establecido en el presente convenio.