Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062508)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), para la prestación de servicios educativos, en el marco de la escuela inclusiva, al alumnado con discapacidad visual.
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025
36620
1.2. Datos de sus profesionales:
— Nombre y apellidos.
— DNI.
— Teléfono.
— Correo electrónico.
2. L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma
de Extremadura comunicará a la ONCE los siguientes datos:
2.1. Datos del alumnado beneficiario de los servicios:
— Nombre y apellidos.
— Domicilio.
— Teléfono.
— Datos de salud.
2.2. Datos de sus profesionales:
— Nombre y apellidos.
— DNI.
— Teléfono.
— Correo electrónico.
Ambas partes se comprometen a utilizar toda la información a la cual tengan acceso, únicamente dentro del marco de este convenio y a no comunicar los datos a terceras personas,
salvo que se tenga autorización expresa, en los supuestos legalmente admisibles.
En las comunicaciones que se realicen entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la ONCE, ambas partes actuarán de
conformidad con la normativa de protección de datos de carácter personal.
Asimismo, las partes se comprometen a:
— Observar y adoptar todas aquellas otras medidas técnicas y organizativas que, teniendo en cuenta el conjunto de tratamientos que se llevan a cabo, sean necesarias para
Miércoles 25 de junio de 2025
36620
1.2. Datos de sus profesionales:
— Nombre y apellidos.
— DNI.
— Teléfono.
— Correo electrónico.
2. L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma
de Extremadura comunicará a la ONCE los siguientes datos:
2.1. Datos del alumnado beneficiario de los servicios:
— Nombre y apellidos.
— Domicilio.
— Teléfono.
— Datos de salud.
2.2. Datos de sus profesionales:
— Nombre y apellidos.
— DNI.
— Teléfono.
— Correo electrónico.
Ambas partes se comprometen a utilizar toda la información a la cual tengan acceso, únicamente dentro del marco de este convenio y a no comunicar los datos a terceras personas,
salvo que se tenga autorización expresa, en los supuestos legalmente admisibles.
En las comunicaciones que se realicen entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la ONCE, ambas partes actuarán de
conformidad con la normativa de protección de datos de carácter personal.
Asimismo, las partes se comprometen a:
— Observar y adoptar todas aquellas otras medidas técnicas y organizativas que, teniendo en cuenta el conjunto de tratamientos que se llevan a cabo, sean necesarias para