Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Cartas De Servicios. (2025062510)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios denominada "Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura".
45 páginas totales
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NÚMERO 121
36663
Miércoles 25 de junio de 2025
puestos cedidos; utilizando para ello las cuentas restringidas abiertas a favor de cada
una de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario con las que la Administración
Tributaria Autonómica tiene suscrito convenio al efecto.
3.4.3. Pago en efectivo y de manera presencial de la deuda frente a la Hacienda Regional, a través de la Red de Entidades Financieras colaboradoras.
El pago de las deudas puede efectuarse a través de alguna de las siguientes Entidades
Financieras colaboradoras:
CIB
ENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORAS
0078
BANCA PUEYO,SA
0128
BANKINTER,SA
0182
BBVA,SA
0081
BANCO DE SABADELL,SA
2080
ABANCA CORPORACION BANCARIA,SA
2100
CAIXABANK, SA
2085
IBERCAJA BANCO, SA
2103
UNICAJA BANCO, SA
0049
BANCO SANTANDER,SA
0237
CAJASUR
3009
CAJA RURAL DE EXTREMADURA, SCC
3001
CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO, SCC
En base a convenio suscrito con Entidades Financieras colaboradoras y en los términos
contemplados en la Orden de 14 de marzo de 2013 (DOE n.º 59, de 26/03/2013), facilitamos a la/el obligada/o frente a la Hacienda Regional la realización del pago de su
deuda a través de Entidades Financieras colaboradoras, pudiendo utilizar para ello los
siguientes medios:
— Pago mediante dinero de curso legal.
— Pago mediante cheque.
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Miércoles 25 de junio de 2025
puestos cedidos; utilizando para ello las cuentas restringidas abiertas a favor de cada
una de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario con las que la Administración
Tributaria Autonómica tiene suscrito convenio al efecto.
3.4.3. Pago en efectivo y de manera presencial de la deuda frente a la Hacienda Regional, a través de la Red de Entidades Financieras colaboradoras.
El pago de las deudas puede efectuarse a través de alguna de las siguientes Entidades
Financieras colaboradoras:
CIB
ENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORAS
0078
BANCA PUEYO,SA
0128
BANKINTER,SA
0182
BBVA,SA
0081
BANCO DE SABADELL,SA
2080
ABANCA CORPORACION BANCARIA,SA
2100
CAIXABANK, SA
2085
IBERCAJA BANCO, SA
2103
UNICAJA BANCO, SA
0049
BANCO SANTANDER,SA
0237
CAJASUR
3009
CAJA RURAL DE EXTREMADURA, SCC
3001
CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO, SCC
En base a convenio suscrito con Entidades Financieras colaboradoras y en los términos
contemplados en la Orden de 14 de marzo de 2013 (DOE n.º 59, de 26/03/2013), facilitamos a la/el obligada/o frente a la Hacienda Regional la realización del pago de su
deuda a través de Entidades Financieras colaboradoras, pudiendo utilizar para ello los
siguientes medios:
— Pago mediante dinero de curso legal.
— Pago mediante cheque.