Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025062515)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025

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8. C
 ircunstancias que podrán dar lugar a la modificación de la resolución.
1. L
 a resolución sólo podrá ser objeto de modificación si concurren alguna de las siguientes circunstancias objetivas debidamente justificadas y siempre antes de finalizar el
periodo de ejecución del proyecto:


a) Por la concurrencia de fenómenos climatológicos que impidan el desarrollo de la
actividad prevista.



b) Por la inexistencia en la localidad, en las fechas previstas, de instalación en las condiciones reglamentarias y de seguridad imprescindibles para que pueda desarrollarse la actividad, por causas ajenas a la entidad.



c) Por la inexistencia del número de inscripciones/participantes necesarias para que
pueda desarrollarse.



d) Por la no obtención de los necesarios permisos y licencias imprescindibles para el
desarrollo de la actividad por causas ajenas a la entidad.



e) P
 or circunstancias de salud pública u otras limitaciones existentes por causa de fuerza mayor que impidan realizar el programa en los términos aprobados.

En aquellos casos en los que, por la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en las letras anteriores, no fuere posible ofrecer una alternativa a la ejecución
del programa aprobado, la inejecución parcial de la subvención dará lugar además de
a la modificación de la resolución, a la minoración del importe de la subvención.
2. A
 simismo, procederá la modificación de la resolución en los casos de renuncia parcial de
la subvención según lo dispuesto en el resuelvo décimo de la Resolución de 5 de marzo
de 2025.
9. I dentificación y publicidad.
Las entidades beneficiarias deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la
financiación del proyecto objeto de subvención en los términos exigidos en la letra i) de la
condición 2 Obligaciones de las entidades beneficiarios.
Segundo. Desestimar las solicitudes de los interesados que se relacionan en el anexo II de
acuerdo con los motivos que se exponen en el mismo.
La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura surtiendo dicha
publicación los efectos propios de la notificación, de conformidad con lo establecido en el artí-