Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025062515)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025
36684
1º. Gastos del personal técnico:
— Nóminas: Se adjuntarán copias de las nóminas del personal técnico responsable
del programa, así como copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— IRPF: Se justificará su abono mediante la presentación de copia del Modelo 111
de IRPF, así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— Seguridad Social: Se justificará mediante la presentación de copia de los modelos
RNT (Relación Nominal de Trabajadores) y RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones), así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
2º. Gastos de desplazamiento del personal técnico:
— Según modelo establecido en el anexo III de la Resolución de 5 de marzo de 2025,
debidamente cumplimentado.
3º. Justificación de actividades desarrolladas del programa.
La justificación de las actividades desarrolladas por el personal técnico correspon
dientes al primer abono de la subvención se efectuará mediante certificado emitido
por la entidad beneficiaria acompañado de una descripción detallada de cada ac
tividad ejecutada en el periodo que se justifica y los indicadores correspondientes
cumplimentados. Dicho certificado estará suscrito por el alcalde o la alcaldesa de la
entidad beneficiaria/Gerente de la Mancomunidad, y el personal técnico responsable
del desarrollo del Programa, según el modelo anexo V de la Resolución de 5 de marzo de 2025.
B) A
demás de la documentación detallada en el punto A.1º y 2º anteriores, para justificar el 50 % restante de la subvención se deberá añadir:
Certificado emitido por el Secretario-a/Interventor-a de la entidad beneficiaria acom
pañado de una memoria de las actividades desarrolladas por el personal técnico
contratado durante todo el periodo subvencionado con los indicadores debidamente
cumplimentados, en formato electrónico.
3. E
n el caso de que la cuantía de la subvención otorgada sea inferior a los costes del pro
yecto, certificado suscrito por la persona que ejerza las funciones de secretaría o persona competente, detallando los fondos que han financiado el proyecto, su procedencia y
la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
Miércoles 25 de junio de 2025
36684
1º. Gastos del personal técnico:
— Nóminas: Se adjuntarán copias de las nóminas del personal técnico responsable
del programa, así como copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— IRPF: Se justificará su abono mediante la presentación de copia del Modelo 111
de IRPF, así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— Seguridad Social: Se justificará mediante la presentación de copia de los modelos
RNT (Relación Nominal de Trabajadores) y RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones), así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
2º. Gastos de desplazamiento del personal técnico:
— Según modelo establecido en el anexo III de la Resolución de 5 de marzo de 2025,
debidamente cumplimentado.
3º. Justificación de actividades desarrolladas del programa.
La justificación de las actividades desarrolladas por el personal técnico correspon
dientes al primer abono de la subvención se efectuará mediante certificado emitido
por la entidad beneficiaria acompañado de una descripción detallada de cada ac
tividad ejecutada en el periodo que se justifica y los indicadores correspondientes
cumplimentados. Dicho certificado estará suscrito por el alcalde o la alcaldesa de la
entidad beneficiaria/Gerente de la Mancomunidad, y el personal técnico responsable
del desarrollo del Programa, según el modelo anexo V de la Resolución de 5 de marzo de 2025.
B) A
demás de la documentación detallada en el punto A.1º y 2º anteriores, para justificar el 50 % restante de la subvención se deberá añadir:
Certificado emitido por el Secretario-a/Interventor-a de la entidad beneficiaria acom
pañado de una memoria de las actividades desarrolladas por el personal técnico
contratado durante todo el periodo subvencionado con los indicadores debidamente
cumplimentados, en formato electrónico.
3. E
n el caso de que la cuantía de la subvención otorgada sea inferior a los costes del pro
yecto, certificado suscrito por la persona que ejerza las funciones de secretaría o persona competente, detallando los fondos que han financiado el proyecto, su procedencia y
la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.