Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062505)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres para la puesta en marcha y gestión conjunta del Punto de Acompañamiento Empresarial de Navalmoral de la Mata durante el año 2025.
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NÚMERO 120

36280

Martes 24 de junio de 2025

Anualidad

Importe

Aplicación
presupuestaria

Proyecto

Fuente de
financiación

2026

5.000,00 €

14004.323A.641.00

20190189

CAG0000001

Cláusula octava. Plazo de vigencia.
El plazo de vigencia del presente convenio se extenderá desde el 1 de enero de 2025 y hasta
el 31 de diciembre del mismo año.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, las
partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.
En cuanto a los efectos de este, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cláusula novena. Modificación y Extinción.
El presente Convenio podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, mediante suscripción del oportuno acuerdo de modificación, que deberá ser suscrito con anterioridad a la
expiración del plazo de duración del mismo.
Asimismo, el presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga de
este.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes, con las especificaciones del artículo 51.2-c) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP).
d) Por imposibilidad acreditada o sobrevenida de cumplimiento de los compromisos adquiridos por motivos ajenos a la voluntad de las partes.
e) P
 or decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
La denuncia o resolución, si procede, del Convenio no eximirá a las partes del cumplimiento
de los compromisos adquiridos hasta la fecha de efectos de la denuncia o resolución.