Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062505)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres para la puesta en marcha y gestión conjunta del Punto de Acompañamiento Empresarial de Navalmoral de la Mata durante el año 2025.
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NÚMERO 120
Martes 24 de junio de 2025

36279

La Comisión de Coordinación y Seguimiento ajustará su actuación a lo dispuesto en el artículo
63.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, que regula la naturaleza y el régimen jurídico de los órganos colegiados, y por los artículos 19 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Cláusula quinta. Régimen de aportaciones económicas.
De acuerdo con las obligaciones señaladas en la cláusula anterior, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital destinará a la financiación del presente Convenio la
cantidad de cinco mil euros (5.000,00 €), a abonar a la Cámara de Comercio de Cáceres, NIF
Q1073001H, en un único pago del 100% del importe comprometido, que se hará efectivo a
la finalización del convenio y tras la justificación de lo acordado, según lo establecido en la
cláusula sexta referente al régimen de justificaciones.
Cláusula sexta. Régimen de justificaciones.
Una vez finalizado el plazo de ejecución y siempre antes de que expire el primer trimestre del
año 2026, deberá justificarse ante la Comisión de Coordinación y Seguimiento del presente
convenio:
1. P
 or parte de la Cámara de Comercio de Cáceres deberá aportarse una memoria técnica en
la que se justifique la realización de actuaciones conforme a los compromisos descritos en
el apartado 1 de la cláusula tercera del presente convenio, así como una memoria acreditativa de justificación económica, acompañando facturas y justificantes de pago u otros
documentos probatorios de valor equivalente, o en su caso, certificado del departamento
de Secretaría-Intervención, de haber realizado durante este período de vigencia del convenio gastos relacionados con la ejecución del mismo por importe de, al menos, cinco mil
euros (5.000,00 €).
2. P
 or parte de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través de la
Dirección General de Empresa, una memoria técnica que describa los recursos puestos a
disposición de la iniciativa, las actuaciones realizadas y los resultados alcanzados durante el año 2025, conforme a los compromisos establecidos en el apartado 2 de la cláusula
tercera.
Cláusula séptima. Financiación del convenio.
El coste total del convenio asciende a cinco mil euros (5.000,00 euros) y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la siguiente manera, teniendo
en cuenta la siguiente distribución por anualidades: