Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025
35276
Artículo 10. Identificación y firma de las entidades solicitantes.
1. L
as personas solicitantes podrán identificarse electrónicamente a través de cualquiera de
los sistemas previstos en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 34 del
Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a los sistemas a través de los cuales
podrán las personas solicitantes identificarse y autenticarse electrónicamente en la Sede
electrónica asociada de la Junta de Extremadura.
2. L
os sistemas de firmas admitidos a través de medios electrónicos son los establecidos en el
artículo 10.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 35 del citado decreto
225/2014, de 14 de octubre.
3. L
a acreditación de su identidad se entenderá con el propio acto de la firma utilizando cualquiera de los sistemas de firmas mencionados en el apartado anterior.
4. L
a persona solicitante deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico que permita
garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico deben estar correctamente
configurados y validados para su uso en sede electrónica asociada. Si no disponen de ellos,
el certificado electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ y el DNI electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 .
Artículo 11. Solicitud y plazo de presentación.
1. L
as solicitudes, acompañadas de la documentación establecida en el artículo siguiente, se
tramitarán de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico
(https://www.juntaex.es/w/0697724 ) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde
donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Dirección General competente en materia de
trabajo, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud
disponible en la siguiente dirección electrónica, https://www.juntaex.es/w/0697724 , junto
con la documentación que deba acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y
según las instrucciones establecidas.
Jueves 19 de junio de 2025
35276
Artículo 10. Identificación y firma de las entidades solicitantes.
1. L
as personas solicitantes podrán identificarse electrónicamente a través de cualquiera de
los sistemas previstos en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 34 del
Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a los sistemas a través de los cuales
podrán las personas solicitantes identificarse y autenticarse electrónicamente en la Sede
electrónica asociada de la Junta de Extremadura.
2. L
os sistemas de firmas admitidos a través de medios electrónicos son los establecidos en el
artículo 10.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 35 del citado decreto
225/2014, de 14 de octubre.
3. L
a acreditación de su identidad se entenderá con el propio acto de la firma utilizando cualquiera de los sistemas de firmas mencionados en el apartado anterior.
4. L
a persona solicitante deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico que permita
garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico deben estar correctamente
configurados y validados para su uso en sede electrónica asociada. Si no disponen de ellos,
el certificado electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ y el DNI electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 .
Artículo 11. Solicitud y plazo de presentación.
1. L
as solicitudes, acompañadas de la documentación establecida en el artículo siguiente, se
tramitarán de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico
(https://www.juntaex.es/w/0697724 ) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde
donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Dirección General competente en materia de
trabajo, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud
disponible en la siguiente dirección electrónica, https://www.juntaex.es/w/0697724 , junto
con la documentación que deba acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y
según las instrucciones establecidas.