Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062343)
Resolución de 1 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica de la modificación puntual n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Alcántara. Expte.: IA20/1250.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025



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Asimismo, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica que
no se prevé que las modificaciones introducidas en los apartados 8.3.2 y 8.2.2, puedan producir efectos significativos sobre valores ambientales o taxones amenazados.



Factores climáticos y cambio climático.



La modificación puntual n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Alcántara no contribuye
al aumento significativo del cambio climático.



Áreas protegidas y hábitat.



La modificación propuesta afecta a terrenos pertenecientes a los siguientes lugares
de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura:



Espacios de la Red Natura 2000: Zona Especial de Conservación (ZEC) “Cedillo y
Río Tajo Internacional” (ES4320002); ZEC “Río Erjas” (ES4320021); ZEC “Río Salor”
(ES4320030); Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Tajo Internacional y Riberos” (ES0000368) y ZEPA “Embalse de Brozas” (ES0000417); ZEPA y ZEC “Llanos
de Alcántara y Brozas” (ES0000369), “Embalse de Alcántara” (ES0000415).



Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura (RENPEX): Parque Natural Tajo
Internacional (Ley 1/2006, de 7 de julio, por la que se declara el Parque Natural del
“Tajo Internacional”; DOE n.º 80 de 8 de julio de 2006).



Otras Áreas Protegidas de Extremadura. Reserva de la Biosfera Transfronteriza TajoTejo Internacional (Resolución de 1 de agosto de 2016, de Parques Nacionales, por la
que se publica la aprobación por la UNESCO de la Reserva de la Biosfera Transfronteriza Tajo-Tejo Internacional (España y Portugal); BOE n.º 198 de 17 de agosto de
2016).



El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente aprobación de la modificación puntual n.º 9 de las NNSS de Alcántara,
ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en
la Red Natura 2000, siempre que cumpla con las condiciones indicadas. Asimismo,
dicho Servicio indica que la modificación puntual n.º 9 de las Normas Subsidiarias
de Alcántara con su redacción actual se ajusta al contenido del Plan Rector de Uso y
Gestión (PRUG) del Parque Natural del Tajo Internacional (Orden de 25 de marzo de
2015 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del
Tajo Internacional).



La posible incidencia negativa de las actuaciones sobre superficies protegidas, por
la ubicación de instalaciones y edificaciones en las mismas, con el establecimiento