Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2025062225)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de Formación Profesional de Grado Básico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026 en la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral, y para los cursos 2025/2026 y 2026/2027 en la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales.
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NÚMERO 110
Martes 10 de junio de 2025

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a) Justificación argumentada de la necesidad del programa y modalidad que se solicita,
con indicación de las características específicas del contexto sociocultural y laboral donde se va a desarrollar.
b) Indicación de los colectivos destinatarios del programa, perfil y necesidades formativas,
representatividad del colectivo en el ámbito de actuación de la entidad y previsión del
número de alumnos.
c) Para programas de la Modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral incluir el Programa Curricular en el que la formación específica a impartir vendrá estructurada en módulos y aparecerá expresado en términos de
resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y contenidos, que estén establecidos
en la normativa que regula el currículo correspondiente al título de Ciclo Formativo de
Grado Básico.
d) En la Modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción
laboral los módulos profesionales de un título de Ciclo Formativo de Grado Básico incluidos en el programa tendrán la duración que esté establecida en la normativa que regula
el currículo correspondiente. En el caso de programas formativos cuyos destinatarios
sean personas con necesidades educativas especiales se autoriza, previa motivación
razonada, un incremento de las horas destinadas a cada módulo hasta un máximo del
doble de la duración establecida reglamentariamente para ese módulo.
e) L
 ugar de impartición del programa, con indicación de las características del equipamiento y de las instalaciones que se pondrán a disposición del programa para lo que deberá
tomarse como referencia lo establecido en la normativa que establece el currículo del
título. Se aportarán planos y fotografías exteriores e interiores de las instalaciones que
se pondrán a disposición del programa.
f) Presupuesto de viabilidad económica del programa de acuerdo con el importe de la ayuda y los gastos subvencionables establecidos en la presente resolución, que no podrá
superar las cantidades establecidas en el resuelvo quinto, apartado 2, de la misma. Este
presupuesto tendrá carácter vinculante según lo establecido en el apartado 4 del resuelvo trigésimo segundo.
g) Aportar los compromisos de colaboración del suficiente número de empresas u organismos equiparados del entorno sectorial y territorial de actuación para el total del número
de alumnos participantes en la fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado.
Incluirá la aceptación por parte de la entidad solicitante y de las empresas participantes
de las condiciones de impartición de dicha formación, con compromiso expreso de las