Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2025062185)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2025.
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NÚMERO 110
Martes 10 de junio de 2025
33394
Si se actúa como representante, deberá realizarse previamente la inscripción en el Registro
electrónico de representantes de la Junta de Extremadura. Dicha representación se tramitará por sede electrónica o bien se otorgará mediante comparecencia ante los funcionarios
de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía.
3. En el caso de no disponer de medios electrónicos, o en el caso de que, abierto el plazo de
presentación de solicitudes, no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios,
las personas interesadas podrán presentar la solicitud en todos los lugares contemplados
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de
18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Además, el registro de documentos podrá realizarse mediante el sistema de Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura habilitado:
https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/accesoClave.jsf
Asimismo, el registro electrónico de documentos podrá realizarse mediante el sistema de
la Administración General del Estado habilitado:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
4. Dado el objeto de la convocatoria, no se admitirán, durante el año 2025, nuevas solicitudes
dirigidas a la obtención de la tarjeta de transporte subvencionado ordinaria por parte de las
personas a que se refiere el artículo 3 del Decreto 83/2017, sin perjuicio de la utilización
de la tarjeta activa que posean las personas que son beneficiarias en virtud de convocatorias anteriores a los efectos del reconocimiento del derecho a la subvención del 100 % del
precio del billete sin necesidad de solicitarlo expresamente.
5. En cuanto al modelo normalizado, el anexo I contiene el modelo de solicitud para las
personas que pretendan la primera expedición de la tarjeta de transporte subvencionado
especial 100 %, o su sustitución por deterioro o pérdida de la inicialmente emitida en la
presente convocatoria o en convocatorias anteriores, así como la activación de la tarjeta de
la que fueran titulares y en cuya posesión se encuentren, no perdida ni deteriorada, junto a
los supuestos de activación referidos a los dos grupos siguientes de personas interesadas:
a) Personas que pretendan la activación electrónica del funcionamiento operativo de la
tarjeta por encontrarse en el supuesto previsto en el punto 3 del apartado decimoctavo
de la presente resolución.
Martes 10 de junio de 2025
33394
Si se actúa como representante, deberá realizarse previamente la inscripción en el Registro
electrónico de representantes de la Junta de Extremadura. Dicha representación se tramitará por sede electrónica o bien se otorgará mediante comparecencia ante los funcionarios
de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía.
3. En el caso de no disponer de medios electrónicos, o en el caso de que, abierto el plazo de
presentación de solicitudes, no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios,
las personas interesadas podrán presentar la solicitud en todos los lugares contemplados
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de
18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Además, el registro de documentos podrá realizarse mediante el sistema de Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura habilitado:
https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/accesoClave.jsf
Asimismo, el registro electrónico de documentos podrá realizarse mediante el sistema de
la Administración General del Estado habilitado:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
4. Dado el objeto de la convocatoria, no se admitirán, durante el año 2025, nuevas solicitudes
dirigidas a la obtención de la tarjeta de transporte subvencionado ordinaria por parte de las
personas a que se refiere el artículo 3 del Decreto 83/2017, sin perjuicio de la utilización
de la tarjeta activa que posean las personas que son beneficiarias en virtud de convocatorias anteriores a los efectos del reconocimiento del derecho a la subvención del 100 % del
precio del billete sin necesidad de solicitarlo expresamente.
5. En cuanto al modelo normalizado, el anexo I contiene el modelo de solicitud para las
personas que pretendan la primera expedición de la tarjeta de transporte subvencionado
especial 100 %, o su sustitución por deterioro o pérdida de la inicialmente emitida en la
presente convocatoria o en convocatorias anteriores, así como la activación de la tarjeta de
la que fueran titulares y en cuya posesión se encuentren, no perdida ni deteriorada, junto a
los supuestos de activación referidos a los dos grupos siguientes de personas interesadas:
a) Personas que pretendan la activación electrónica del funcionamiento operativo de la
tarjeta por encontrarse en el supuesto previsto en el punto 3 del apartado decimoctavo
de la presente resolución.