Presidencia De La Junta. Medidas Urgentes. (2025DE0003)
Decreto-ley 3/2025, de 27 de mayo, de ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 106
Miércoles 4 de junio de 2025
31510
f)
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general
electrónico https://www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-ganadera, desde donde
se habilitará el acceso a la plataforma Arado para presentar la solicitud en virtud de lo
dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las personas físicas podrán solicitar la colaboración de las oficinas comarcales agrarias
o la de entidades colaboradoras reconocidas para efectuar trámites telemáticos de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
La persona interesada recibirá un aviso SMS al dispositivo electrónico obligatoriamente
designado para ello mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación
a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el portal
https://laboreo.juntaex.es
Los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, en caso de presentación electrónica en alguno de los Registros electrónicos
previstos en el artículo16.4 a) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, obtenerlos a partir de los siguientes
enlaces:
— https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
— http://www.cert.fnmt.es
Artículo 6. Justificación y pago.
1. S
e entenderá justificada la concurrencia de los requisitos y de cuantificación, a través de
las comprobaciones de oficio efectuadas por el Servicio de Sanidad Animal en lo que respecta a los requisitos de las letras a) b), c), d), e) y h) del artículo 3 y a la cuantía de las
ayudas, en los términos del artículo 4; y con la aceptación de la subvención con relación a
los requisitos de las letras f) y g) del artículo 3.
2. E
l abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria a la que se refieren las letras c) y
d) del artículo 5, que será la misma que se indique en el modelo normalizado de solicitud.
Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa la cuenta en el Alta de Terceros o se quiera proceder
a una nueva alta, por favor proceda a su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en el
punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente
al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar
la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.
Miércoles 4 de junio de 2025
31510
f)
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general
electrónico https://www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-ganadera, desde donde
se habilitará el acceso a la plataforma Arado para presentar la solicitud en virtud de lo
dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las personas físicas podrán solicitar la colaboración de las oficinas comarcales agrarias
o la de entidades colaboradoras reconocidas para efectuar trámites telemáticos de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
La persona interesada recibirá un aviso SMS al dispositivo electrónico obligatoriamente
designado para ello mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación
a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el portal
https://laboreo.juntaex.es
Los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, en caso de presentación electrónica en alguno de los Registros electrónicos
previstos en el artículo16.4 a) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, obtenerlos a partir de los siguientes
enlaces:
— https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
— http://www.cert.fnmt.es
Artículo 6. Justificación y pago.
1. S
e entenderá justificada la concurrencia de los requisitos y de cuantificación, a través de
las comprobaciones de oficio efectuadas por el Servicio de Sanidad Animal en lo que respecta a los requisitos de las letras a) b), c), d), e) y h) del artículo 3 y a la cuantía de las
ayudas, en los términos del artículo 4; y con la aceptación de la subvención con relación a
los requisitos de las letras f) y g) del artículo 3.
2. E
l abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria a la que se refieren las letras c) y
d) del artículo 5, que será la misma que se indique en el modelo normalizado de solicitud.
Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa la cuenta en el Alta de Terceros o se quiera proceder
a una nueva alta, por favor proceda a su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en el
punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente
al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar
la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.