Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2025062214)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Secretaría General, de aprobación de la convocatoria de 2025, de subvenciones destinadas a financiar los costes de la actividad de tutoría en el módulo de formación práctica en centros de trabajo, programado en acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad y dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
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NÚMERO 103

30810

Viernes 30 de mayo de 2025

Noveno. Solicitud y documentación a presentar.
1. Las solicitudes de subvención deberán formalizarse en el modelo normalizado que se establece como anexo de esta resolución, que estará disponible en la web de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es/w/5804?inheritRedirect=true ) y en la web del Servicio
Extremeño Público de Empleo (https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ ).
2. L
 as solicitudes, debidamente cumplimentadas en el modelo normalizado, firmadas y acompañadas de la documentación indicada en el punto 4 de este apartado, deberán presentarse de la siguiente forma:
a) Cuando el solicitante sea una persona física, podrá optar entre las siguientes formas de
presentación de su solicitud:


— Electrónicamente en el Registro electrónico General, de la Sede electrónica asociada
a la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura



(https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO

)

o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán al Servicio de Formación para el Empleo de la
Dirección General de Formación para el Empleo, incluyendo el código Unidad de Administrativa de destino DIR3 n.º A11029832.


— Presencialmente en las oficinas del Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto 257/2008, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como
en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) 
En el caso de las personas jurídicas, estarán obligadas a presentar su solicitud,

firmada

sentación

legal,

electrónicamente
en

el

Registro

por

la

electrónico

persona
General,

que
de

ostente
la

Sede

la

repre-

electróni-

ca asociada a la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura
(https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO)

o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán al Servicio de Formación para el Empleo de la Dirección
General de Formación para el Empleo, incluyendo el código Unidad de Administrativa de
destino DIR3 n.º A11029832.