Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062132)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Nestlé España, SA, para su centro de trabajo de Herrera del Duque.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 101
Miércoles 28 de mayo de 2025

30173

En el supuesto de que ambos cónyuges pertenecieran a la plantilla de la empresa percibirá
esta ayuda uno de ellos, a su elección.
Artículo 40. Prendas de trabajo.
Al personal se le proporcionará la indumentaria de trabajo adecuada a su función.
Se le proporcionará tanto indumentaria apropiada para verano como para invierno, así como
el calzado adecuado para las funciones que desempeñe y ropa de abrigo para quienes tengan
que trabajar al aire libre.
La conservación y limpieza de la indumentaria de trabajo irá a cargo de la persona trabajadora.
Artículo 41. Plan de compensación personal.
Las personas trabajadoras podrán voluntariamente acogerse al sistema de retribución flexible
ofrecido por la empresa. Será la persona trabajadora que elija que parte de su salario anual
desea percibir como retribución en especie, de entre los servicios que se establecen a continuación y de acuerdo con los límites fijados en cada momento por la legislación:
1) S
 eguro médico.
2) C
 heque guardería.
Este Plan de Compensación Personal, se regirá según el procedimiento establecido al efecto y
siempre de acuerdo con la legislación vigente en esta materia.
Artículo 42. Plan de Igualdad.
Con el objetivo de dar cumplimiento a la Ley Orgánica 3/2007 y al Real Decreto Ley 6/2019,
de 1 de marz.o, Nestlé España, S.A. tiene firmado un Plan de Igualdad, que tiene la finalidad
de definir y especificar medidas que garanticen que todos los procesos de la empresa se realizan de acuerdo al principio de igualdad de oportunidades, consiguiendo así la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, eliminando cualquier forma de discriminación.
Para ello la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad se reunirá periódicamente, con un
mínimo de dos veces al año, y analizará el seguimiento de las acciones especificadas en el
Plan y lo mantendrá actualizado, impulsando nuevas medidas y/o acciones de mejora.