Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062120)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad presencial, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2025/2026.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025
29343
El volante de inscripción condicional, dentro de su periodo de vigencia, permitirá la inscripción en los centros educativos o en los exámenes oficiales en las mismas condicio-
nes que si la homologación o convalidación hubiera sido ya concedida, aunque de forma
provisional y con una valoración numérica de 5.
En cuanto a la valoración de la fecha de finalización de los estudios, se considerará la
fecha en la que se ha concedido la homologación.
Si la homologación no contempla la nota media exigida, el solicitante deberá presentar
las certificaciones académicas oficiales que incluyan las calificaciones correspondientes
a los estudios cursados que conducen al título extranjero homologable al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato. La nota media del expediente
académico será calculada de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 3 de julio de
2024 de la Secretaría de Estado de Educación, que establece la forma de calcular la nota
media para la convalidación del primer curso de Bachillerato y la homologación de los
títulos españoles de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y Bachiller.
Para ello, se deben presentar las certificaciones que acrediten los dos últimos cursos
realizados, indicando las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y los años
académicos en que se realizaron dichos cursos. Estas certificaciones deben estar legalizadas mediante la Apostilla de La Haya, o bien por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el Consulado de España.
Además, dicha certificación debe estar acompañada de la traducción oficial al castellano
tanto del título como de la certificación académica. La traducción puede ser realizada por
el Consulado o por un intérprete jurado debidamente registrado e inscrito en España.
c. Los solicitantes con estudios extranjeros que aporten “volante para la inscripción condicional en centros docentes” participarán con una nota estimada de 5.
d. L
os solicitantes que participen aportando alguna certificación genérica de técnico o
técnico superior equivalente a alguna titulación del sistema educativo, establecidas por
resolución del Ministerio de Educación participarán con una nota de 5.
e. Los que no aporten la nota media ni la certificación necesaria para su cálculo participarán con una nota de 5.
Noveno. Sistema de desempate.
En caso de empate en la baremación obtenida por los candidatos, éste se resolverá aplicando
la Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que
Lunes 26 de mayo de 2025
29343
El volante de inscripción condicional, dentro de su periodo de vigencia, permitirá la inscripción en los centros educativos o en los exámenes oficiales en las mismas condicio-
nes que si la homologación o convalidación hubiera sido ya concedida, aunque de forma
provisional y con una valoración numérica de 5.
En cuanto a la valoración de la fecha de finalización de los estudios, se considerará la
fecha en la que se ha concedido la homologación.
Si la homologación no contempla la nota media exigida, el solicitante deberá presentar
las certificaciones académicas oficiales que incluyan las calificaciones correspondientes
a los estudios cursados que conducen al título extranjero homologable al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato. La nota media del expediente
académico será calculada de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 3 de julio de
2024 de la Secretaría de Estado de Educación, que establece la forma de calcular la nota
media para la convalidación del primer curso de Bachillerato y la homologación de los
títulos españoles de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y Bachiller.
Para ello, se deben presentar las certificaciones que acrediten los dos últimos cursos
realizados, indicando las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y los años
académicos en que se realizaron dichos cursos. Estas certificaciones deben estar legalizadas mediante la Apostilla de La Haya, o bien por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el Consulado de España.
Además, dicha certificación debe estar acompañada de la traducción oficial al castellano
tanto del título como de la certificación académica. La traducción puede ser realizada por
el Consulado o por un intérprete jurado debidamente registrado e inscrito en España.
c. Los solicitantes con estudios extranjeros que aporten “volante para la inscripción condicional en centros docentes” participarán con una nota estimada de 5.
d. L
os solicitantes que participen aportando alguna certificación genérica de técnico o
técnico superior equivalente a alguna titulación del sistema educativo, establecidas por
resolución del Ministerio de Educación participarán con una nota de 5.
e. Los que no aporten la nota media ni la certificación necesaria para su cálculo participarán con una nota de 5.
Noveno. Sistema de desempate.
En caso de empate en la baremación obtenida por los candidatos, éste se resolverá aplicando
la Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que