Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062120)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad presencial, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

29341

2. De conformidad con el artículo 26.4 de la citada Orden de 9 de mayo de 2024, en caso de
disponer de vacantes después de atender todas las solicitudes de personas que cumplan
con los requisitos de titulación de acceso establecidos en los reales decretos que regulan
los diferentes cursos de especialización, las vacantes que no hayan sido cubiertas podrán
ser ocupadas por personas que no reúnan los requisitos de titulación anteriormente referidos en la siguiente proporción:
a. Hasta en un 20 por ciento de las plazas del curso de especialización de Grado Medio de
que se trate.
b. El total en el caso de cursos de especialización de Grado Superior.
3. En su caso y en conformidad con el artículo 120.3 del Real Decreto 659/2023, la adjudicación del apartado anterior se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios de
prioridad:
a. En primer lugar, se asignarán a solicitantes que posean un título de Técnico o Técnico
Superior de Formación Profesional diferente de los que den acceso al curso de especialización de que se trate y acrediten experiencia laboral en el área profesional del curso
al que se quiera acceder.
b. Cubiertas las solicitudes anteriores, si aun quedaran vacantes, se asignarán a solicitantes que posean un título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional
diferente de los que den acceso al curso de especialización de que se trate, acrediten
conocimientos previos adecuados en el área profesional del curso al que quieren acceder mediante una prueba de capacidad, entrevista personal, una solicitud de motivación
de ingreso, currículum o experiencia laboral.
c. En último lugar, las restantes se asignarán a solicitantes que no posean un título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional y que puedan acreditar conocimientos
previos que garanticen su competencia para seguir con éxito el curso al que se quiere
acceder, mediante una prueba de capacidad, una entrevista personal, su currículum, o
su experiencia laboral. En este supuesto, estas personas podrán cursar el curso de especialización, obteniendo una certificación académica de realización con aprovechamiento
que sustituirá al título de Especialista, que no podrá obtenerse sin una titulación previa
de Técnico de Formación Profesional. La superación de módulos profesionales vinculados a estándares de competencia profesional permitirá a través del procedimiento
correspondiente obtener la respectiva acreditación.
d. En los apartados b y c para la acreditación de estar en posesión de los conocimientos
previos adecuados se exigirá como mínimo tener una formación no formal vinculada con
los contenidos del curso de 300 horas en los últimos 5 años o una experiencia laboral,