Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062120)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad presencial, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025
29339
e) U
na persona de la Administración Local en representación de las localidades incluidas
en el ámbito territorial donde actúe la Comisión.
f) Dos representantes de las organizaciones sindicales con mayor representación en la
Junta de Personal Docente de cada provincia.
g) Una persona funcionaria de la Delegación Provincial, designada por la Delegación Provincial de Educación, que actuará como Secretaria/o de la Comisión con voz, pero sin
voto.
3. L
as Comisiones Provinciales de Escolarización en pleno o en comisión técnica, se ocuparán
en su ámbito respectivo de:
a) Informar y asesorar sobre el proceso de admisión a los diferentes actores cuándo éstos
lo demanden.
b) Comunicar a la Dirección General competente los incidentes que afecten el correcto
desarrollo del proceso de admisión.
c) Atender las reclamaciones extraordinarias no incluidas en el procedimiento regulado en
el resuelvo decimocuarto, comunicando con la Dirección General competente, para su
resolución en caso necesario.
d) Trasladar las dudas de interpretación de esta norma a la Dirección General competente
para su aclaración.
e) E
n todo caso, atenderán los casos especiales de escolarización que pudieran presentarse y asegurará la escolarización inmediata del alumnado que se vea afectado por
cambios de centro derivados de actos de violencia de género o acoso escolar.
f) Asesorar a los centros que lo precisen en casos de incumplimientos de las bases de la
convocatoria de acuerdo con el resuelvo vigesimocuarto de esta resolución.
g) Colaborar con la Dirección General competente en la gestión de las solicitudes.
Quinto. Información y atención al alumnado.
1. L
os centros docentes que tengan implantados cursos de especialización en modalidad presencial informarán sobre el procedimiento de admisión y matriculación, convocado por la
presente resolución, a las Delegaciones Provinciales de Educación y las Comisiones Provinciales de Escolarización.
Lunes 26 de mayo de 2025
29339
e) U
na persona de la Administración Local en representación de las localidades incluidas
en el ámbito territorial donde actúe la Comisión.
f) Dos representantes de las organizaciones sindicales con mayor representación en la
Junta de Personal Docente de cada provincia.
g) Una persona funcionaria de la Delegación Provincial, designada por la Delegación Provincial de Educación, que actuará como Secretaria/o de la Comisión con voz, pero sin
voto.
3. L
as Comisiones Provinciales de Escolarización en pleno o en comisión técnica, se ocuparán
en su ámbito respectivo de:
a) Informar y asesorar sobre el proceso de admisión a los diferentes actores cuándo éstos
lo demanden.
b) Comunicar a la Dirección General competente los incidentes que afecten el correcto
desarrollo del proceso de admisión.
c) Atender las reclamaciones extraordinarias no incluidas en el procedimiento regulado en
el resuelvo decimocuarto, comunicando con la Dirección General competente, para su
resolución en caso necesario.
d) Trasladar las dudas de interpretación de esta norma a la Dirección General competente
para su aclaración.
e) E
n todo caso, atenderán los casos especiales de escolarización que pudieran presentarse y asegurará la escolarización inmediata del alumnado que se vea afectado por
cambios de centro derivados de actos de violencia de género o acoso escolar.
f) Asesorar a los centros que lo precisen en casos de incumplimientos de las bases de la
convocatoria de acuerdo con el resuelvo vigesimocuarto de esta resolución.
g) Colaborar con la Dirección General competente en la gestión de las solicitudes.
Quinto. Información y atención al alumnado.
1. L
os centros docentes que tengan implantados cursos de especialización en modalidad presencial informarán sobre el procedimiento de admisión y matriculación, convocado por la
presente resolución, a las Delegaciones Provinciales de Educación y las Comisiones Provinciales de Escolarización.