Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

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c. Atender las reclamaciones extraordinarias no incluidas en el procedimiento regulado
en el resuelvo decimosexto comunicando con la Dirección General competente, para su
resolución en caso necesario.
d. T
 rasladar las dudas de interpretación de esta norma a la Dirección General competente
para su aclaración.
e. En todo caso atenderán los casos especiales de escolarización que pudieran presentarse
y asegurará la escolarización inmediata del alumnado que se vean afectados por cambios de centro derivados de actos de violencia de género o acoso escolar.
f. A
 sesorar a los centros que lo precisen en casos de incumplimientos de las bases de la
convocatoria de acuerdo con el resuelvo cuadragésimo de esta resolución.
g. C
 olaborar con la Dirección General competente en la gestión de las solicitudes.
Quinto. Distrito único.
De conformidad en lo establecido en el artículo 28 de la Orden de 9 de mayo de 2024, los
centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Formación Profesional
de Grado Medio y Grado Superior se constituyen en distrito único, lo que permite la gestión
centralizada de todas las solicitudes presentadas.
Sexto. Información y atención al alumnado.
1. L
 os titulares de la dirección de los centros educativos que participen en el proceso de admisión y matriculación convocado mediante la presente resolución serán los responsables
de la colaboración en su centro con las tareas organizativas y de atención a las personas
solicitantes. Se tendrá especialmente en cuenta lo dispuesto en el resuelvo octavo de esta
resolución, en relación con las medidas de apoyo a las personas presentadoras de solicitudes a primer curso.
2. En los términos indicados en el artículo 8 de la Orden de 9 de mayo de 2024, los centros
educativos, las Delegaciones Provinciales y la Comisión Provinciales de Escolarización, informarán al alumnado sobre el procedimiento que se desarrolla en esta resolución.
Séptimo. Acceso a la secretaría virtual de la Plataforma Educativa Rayuela.
1. L
 a admisión y matrícula en las enseñanzas de formación profesional de Grado Medio y Grado Superior en modalidad presencial completa en el primer curso, regulada en la presente
resolución, se realizará a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela.