Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

29301

Una vez recuperada, para simultanear ambas matrículas será necesario solicitar la simultaneidad respecto a la matrícula que fue anulada por la confirmación telemática.
4. L
 a segunda matrícula solo será efectiva si la solicitud de simultaneidad es aprobada.
Trigésimo. Simultaneidad de participación en otros procesos de admisión.
1. E
 sta convocatoria permite la participación en otros procesos de admisión, siempre que se
cumplan las restricciones impuestas por las exigencias de dichos procesos.
2. En el caso de primer curso, es posible solicitar admisión a ciclos formativos al mismo tiempo que se participa en otros procesos de admisión. Sin embargo, es fundamental cumplir
con los plazos y requisitos establecidos en esta convocatoria. Es relevante tener en cuenta
que, según lo dispuesto en el resuelvo anterior, la matrícula en régimen a distancia anula
la matrícula previa en régimen general para el curso 2025-2026.
3. En el caso de segundo curso, si la plaza obtenida ya es la segunda en régimen general,
antes de realizar la matrícula correspondiente, será necesario anular la matrícula anterior
o solicitar simultaneidad según lo indicado en el resuelvo vigésimo noveno de esta resolución. En este escenario, el centro de la segunda matrícula reservará la plaza a la espera de
la confirmación de dicha simultaneidad.
Trigésimo primero. Convocatorias extraordinarias.
Las matrículas deberán formalizarse aún en los casos en el que el alumnado tenga agotado
todas las convocatorias de uno o varios módulos profesionales. No obstante, no podrán ser
evaluados del módulo o los módulos correspondientes hasta que les sea concedida la convocatoria excepcional, debiendo el alumnado efectuar la correspondiente solicitud en los plazos
establecidos en la normativa vigente.
En caso de que no se conceda la convocatoria extraordinaria de los módulos profesionales
solicitados y no existiendo tampoco posibilidad de convalidación o exención, el centro propondrá al alumnado la baja de la matrícula y en caso de que el alumnado no acepte hacerlo,
pondrá en marcha el procedimiento de baja de oficio según lo establecido en la normativa de
evaluación de formación profesional vigente en Extremadura.
El alumnado que se encuentre en esta situación podrá finalizar sus estudios a través de las
convocatorias de las Pruebas para la obtención de títulos de Técnico o Técnico Superior de
Formación Profesional.