Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

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las circunstancias alegadas, de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
5. Si desean presentar varias solicitudes, deberán hacerlo por separado. El proceso de selección de las solicitudes presentadas se ordenará por la calificación media de todos los
módulos de primer curso, dando preferencia a quienes lo hayan superado completamente,
y serán admitidas solicitudes hasta completar la capacidad total de puestos escolares. Si
finalmente hubiera empates serán resueltos mediante el procedimiento indicado en el resuelvo trigésimo noveno de esta resolución.
6. Transcurridos los plazos, la dirección del centro publicará, en las fechas indicadas en el
calendario de actuaciones del anexo II en esta resolución, la relación de solicitudes con indicación de si han sido o no admitidas y su correspondiente adjudicación conforme el anexo VII de esta resolución en los tablones de anuncios de los centros. En dicha publicación
aparecerá nombre y apellidos, la causa de la exclusión y excepcionalmente se publicará los
dígitos del DNI que ocupen la posición cuarta, quinta, sexta y séptima (números dígitos
de izquierda a derecha) en los casos de alumnado con los mismos nombres y apellidos. A
estos efectos, las solicitudes de traslado y de admisión conformarán una única lista.
7. Con el propósito de asignar las vacantes disponibles, los centros educativos adjudicarán
las vacantes en julio. Las solicitudes presentadas en julio tendrán prioridad sobre las de
septiembre.
8. L
 as personas a las que se les adjudique una plaza deberán formalizar la matrícula según el
calendario de actuaciones.
Vigesimoséptimo. Traslados de matrícula en primer o segundo curso fuera del
proceso de admisión.
El alumnado matriculado en primer o segundo curso que desee cambiar de centro dentro del
mismo ciclo formativo puede solicitar un traslado de matrícula mediante el anexo XI de esta
resolución, dirigido a la dirección del centro de destino. Esta solicitud se puede presentar a
partir de la finalización del procedimiento de admisión de la oferta modular y hasta un mes
antes del inicio de la evaluación final ordinaria.
La dirección del centro solicitado procederá a admitir la solicitud de traslado siempre que existan plazas vacantes y recabará del centro de origen el expediente académico del alumnado
trasladado.