Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025
29297
Este alumnado tendrá que elegir entre:
a) Continuar sus estudios en el plan de estudios a extinguir regulado en el Real Decreto
1147/2011, de 29 de julio. En este caso:
i. Si únicamente tiene pendiente los módulos profesionales de FCT y/o Proyecto podrá
realizar estos módulos en las convocatorias habituales establecidas para estos
módulos.
ii. Para el resto de los módulos pendientes, no tendrá clases lectivas y, por consiguiente,
no ocuparán vacante escolar. Se evaluarán mediante las pruebas presenciales que
establezca el departamento de la familia profesional correspondiente en su programación didáctica antes de la convocatoria de marzo ordinaria.
Una vez superados todos los módulos pendientes, el alumnado podrá realizar, en el
mismo curso académico, el módulo de FCT y/o Proyecto, en su caso.
b) Incorporarse al plan de estudios establecido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de
julio. Este alumnado tendrá que cursar los módulos profesionales que no tengan superados y de los que no hayan sido declarados convalidados.
2. Si el turno deja de ser impartido, los estudiantes pueden permanecer en el mismo centro,
pero en un turno diferente. Si es el ciclo el que deja de tener continuidad en el centro, los
estudiantes pueden elegir el mismo ciclo en cualquier otro centro sostenido con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura formalizando la matrícula dentro del
plazo establecido en el calendario de actuaciones del anexo II de esta resolución sin ser
necesario presentar solicitud de admisión.
3. E
l alumnado matriculado en segundo curso que durante el proceso de admisión desea
cambiar de centro debe solicitar traslado de matrícula según lo establecido en el resuelvo
vigesimosexto de esta misma resolución.
Vigesimosexto. Solicitud de admisión a segundo curso o traslados de matrícula a
segundo curso durante el proceso de admisión. Proceso de selección.
1. L
as personas que no tuvieron matrícula activa en el curso 2024-2025 en enseñanzas de
Formación Profesional de Grado Medio o Superior podrán solicitar la admisión a segundo
curso en el centro, ciclo y turno en el que desean realizar la solicitud. La admisión estará
sujeta a que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente
de evaluación para estas enseñanzas.
Lunes 26 de mayo de 2025
29297
Este alumnado tendrá que elegir entre:
a) Continuar sus estudios en el plan de estudios a extinguir regulado en el Real Decreto
1147/2011, de 29 de julio. En este caso:
i. Si únicamente tiene pendiente los módulos profesionales de FCT y/o Proyecto podrá
realizar estos módulos en las convocatorias habituales establecidas para estos
módulos.
ii. Para el resto de los módulos pendientes, no tendrá clases lectivas y, por consiguiente,
no ocuparán vacante escolar. Se evaluarán mediante las pruebas presenciales que
establezca el departamento de la familia profesional correspondiente en su programación didáctica antes de la convocatoria de marzo ordinaria.
Una vez superados todos los módulos pendientes, el alumnado podrá realizar, en el
mismo curso académico, el módulo de FCT y/o Proyecto, en su caso.
b) Incorporarse al plan de estudios establecido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de
julio. Este alumnado tendrá que cursar los módulos profesionales que no tengan superados y de los que no hayan sido declarados convalidados.
2. Si el turno deja de ser impartido, los estudiantes pueden permanecer en el mismo centro,
pero en un turno diferente. Si es el ciclo el que deja de tener continuidad en el centro, los
estudiantes pueden elegir el mismo ciclo en cualquier otro centro sostenido con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura formalizando la matrícula dentro del
plazo establecido en el calendario de actuaciones del anexo II de esta resolución sin ser
necesario presentar solicitud de admisión.
3. E
l alumnado matriculado en segundo curso que durante el proceso de admisión desea
cambiar de centro debe solicitar traslado de matrícula según lo establecido en el resuelvo
vigesimosexto de esta misma resolución.
Vigesimosexto. Solicitud de admisión a segundo curso o traslados de matrícula a
segundo curso durante el proceso de admisión. Proceso de selección.
1. L
as personas que no tuvieron matrícula activa en el curso 2024-2025 en enseñanzas de
Formación Profesional de Grado Medio o Superior podrán solicitar la admisión a segundo
curso en el centro, ciclo y turno en el que desean realizar la solicitud. La admisión estará
sujeta a que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente
de evaluación para estas enseñanzas.