Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025
29296
de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será
necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en
vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
y https://www.cert.fnmt.es/ .
d. L
as solicitudes que no incluyan la información de cumplimentación obligatoria serán
excluidas del proceso.
Vigesimocuarto. Matrícula del alumnado que promociona a segundo curso.
1. E
l alumnado que en el curso 2024-2025 estuvo matriculado en modalidad presencial completa en primer curso de Grado Medio o Superior, mantuvo activa su matrícula y promociona a segundo deberá formalizar la matrícula en el mismo ciclo, centro y turno, dentro de los
plazos establecidos en el calendario de actuaciones y en la forma indicada en el resuelvo vigesimotercero de esta resolución. De no hacerlo, se considerará que renuncian a continuar
los estudios, y la plaza vacante resultante se adjudicará a otra persona. En ese caso, para
intentar recuperar dicha plaza, deberá solicitarla nuevamente siguiendo el procedimiento
indicado en el resuelvo vigesimosexto de esta resolución.
2. Si el turno deja de ser impartido, los estudiantes pueden permanecer en el mismo centro,
pero en un turno diferente. Si es el ciclo el que deja de tener continuidad en el centro, los
estudiantes pueden elegir el mismo ciclo en cualquier otro centro sostenido con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura formalizando la matrícula dentro del
plazo establecido en el calendario de actuaciones del anexo II de esta resolución sin ser
necesario presentar solicitud de admisión.
3. E
l alumnado matriculado en segundo curso que durante el proceso de admisión desea
cambiar de centro debe solicitar traslado de matrícula según lo establecido en el resuelvo
vigesimosexto de esta misma resolución.
Vigesimoquinto. Matrícula del alumnado que no obtenga el título en segundo curso.
1. E
l alumnado que en el curso 2024-2025 estuvo matriculado en segundo curso de Grado
Medio o Superior, mantuvo activa su matrícula y no tituló, deberá formalizar la matrícula
en el mismo ciclo, centro y turno, dentro de los plazos establecidos en el calendario de actuaciones y en la forma indicada en el resuelvo vigesimotercero de esta resolución. De no
hacerlo, se considerará que renuncia a continuar los estudios, y la plaza vacante resultante
se adjudicará a otra persona. En ese caso, para intentar recuperar dicha plaza, deberá solicitarla nuevamente siguiendo el procedimiento indicado en el resuelvo vigesimosexto de
esta resolución.
Lunes 26 de mayo de 2025
29296
de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será
necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en
vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
y https://www.cert.fnmt.es/ .
d. L
as solicitudes que no incluyan la información de cumplimentación obligatoria serán
excluidas del proceso.
Vigesimocuarto. Matrícula del alumnado que promociona a segundo curso.
1. E
l alumnado que en el curso 2024-2025 estuvo matriculado en modalidad presencial completa en primer curso de Grado Medio o Superior, mantuvo activa su matrícula y promociona a segundo deberá formalizar la matrícula en el mismo ciclo, centro y turno, dentro de los
plazos establecidos en el calendario de actuaciones y en la forma indicada en el resuelvo vigesimotercero de esta resolución. De no hacerlo, se considerará que renuncian a continuar
los estudios, y la plaza vacante resultante se adjudicará a otra persona. En ese caso, para
intentar recuperar dicha plaza, deberá solicitarla nuevamente siguiendo el procedimiento
indicado en el resuelvo vigesimosexto de esta resolución.
2. Si el turno deja de ser impartido, los estudiantes pueden permanecer en el mismo centro,
pero en un turno diferente. Si es el ciclo el que deja de tener continuidad en el centro, los
estudiantes pueden elegir el mismo ciclo en cualquier otro centro sostenido con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura formalizando la matrícula dentro del
plazo establecido en el calendario de actuaciones del anexo II de esta resolución sin ser
necesario presentar solicitud de admisión.
3. E
l alumnado matriculado en segundo curso que durante el proceso de admisión desea
cambiar de centro debe solicitar traslado de matrícula según lo establecido en el resuelvo
vigesimosexto de esta misma resolución.
Vigesimoquinto. Matrícula del alumnado que no obtenga el título en segundo curso.
1. E
l alumnado que en el curso 2024-2025 estuvo matriculado en segundo curso de Grado
Medio o Superior, mantuvo activa su matrícula y no tituló, deberá formalizar la matrícula
en el mismo ciclo, centro y turno, dentro de los plazos establecidos en el calendario de actuaciones y en la forma indicada en el resuelvo vigesimotercero de esta resolución. De no
hacerlo, se considerará que renuncia a continuar los estudios, y la plaza vacante resultante
se adjudicará a otra persona. En ese caso, para intentar recuperar dicha plaza, deberá solicitarla nuevamente siguiendo el procedimiento indicado en el resuelvo vigesimosexto de
esta resolución.