Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

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forma indicada en el anexo I de esta resolución. No hacerlo, se considerará que renuncia
a continuar los estudios, y la plaza vacante resultante se adjudicará a otra persona. Para
intentar recuperar dicha plaza, deberá participar en el procedimiento de admisión indicado
en el resuelvo vigésimo de esta resolución.
2. Si el turno deja de ser impartido, el alumnado podrá permanecer en el mismo centro, pero
en un turno diferente. Si es el ciclo el que deja de tener continuidad en el centro, el alumnado podrá elegir el mismo ciclo en cualquier otro centro sostenido con fondos públicos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura formalizando la matrícula dentro del plazo
establecido en el calendario de actuaciones del anexo I de esta resolución sin ser necesario
presentar solicitud de admisión.
3. Si este alumnado desea cambiar de centro, debe participar en el procedimiento de admisión convocado en esta resolución o presentar una solicitud de traslado de matrícula según
lo establecido en el resuelvo vigesimoséptimo de esta resolución.
Vigésimo. Lista de espera y solicitudes de adhesión a lista de espera a primer curso.
1. Finalizado el segundo plazo de matrícula, se generarán listas de espera. Estas listas permitirán ordenar el llamamiento que los centros educativos deben realizar en caso de que se
produzcan vacantes. La condición de discapacidad y la de deportistas de alto rendimiento
ya no se tendrán en cuenta para la asignación de vacantes.
2. F
 ormarán parte de las listas de espera:
a. Aquellas personas que hayan obtenido una vacante diferente a la elegida en primera
opción.
b. A
 quellas que no hayan obtenido vacante en las adjudicaciones anteriores y hayan participado en ellas.
3. E
 l orden de incorporación a la Lista de Espera para Grado Medio se establecerá de la siguiente manera:
a. Los aspirantes del primer cupo que hayan participado con la nota media de 3º y 4º de
la E.S.O. se colocarán en primer lugar, ordenados con la baremación obtenida según el
anexo III de esta resolución. En caso de empate, se ordenará según lo establecido en el
resuelvo trigésimo noveno de esta resolución.
b. S
 eguidamente, se añade los aspirantes del cupo 1 que no hayan aportado la nota media
de 3º y 4º de la ESO con los aspirantes del cupo segundo y del cupo tercero, ordenados