Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025
29291
6. En la secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela y siguiendo el calendario de actuaciones, los solicitantes podrán acceder de manera personalizada a la información sobre
la asignación de vacantes escolares para cada adjudicación.
Decimoctavo. Matriculación en primer curso.
1. Si un solicitante ha participado en el procedimiento de admisión y ha obtenido una vacante
escolar en alguna de las adjudicaciones, tiene la opción de confirmar la matrícula a través
de la secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela. Esto debe hacerse telemáticamente, siguiendo el calendario de actuaciones y utilizando los medios especificados en el
resuelvo séptimo y octavo de esta resolución. Es importante tener en cuenta que, una vez
pasado este momento, no será posible realizar la confirmación de la vacante.
2. D
urante todo el período de matriculación establecido, la confirmación de la vacante puede
modificarse. Sin embargo, al final del período, se considerará la última versión confirmada.
Cabe mencionar que la matrícula confirmada a través de la Secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela anulará cualquier matrícula de régimen general que pueda existir,
según lo establecido en el punto 7 del resuelvo decimosegundo de esta resolución.
3. U
na vez que los solicitantes hayan formalizado su matrícula, deberán seguir las instrucciones proporcionadas por los centros educativos para realizar el pago del seguro escolar, en
caso de que sea necesario. Además, los estudiantes deberán proporcionar su Número de
la Seguridad Social (NUSS), ya que este dato es imprescindible para gestionar el alta en el
sistema de la Seguridad Social, según lo establecido en la Disposición Adicional 52ª de la
Ley General de la Seguridad Social.
Será necesario aportar cualquier documentación adicional que sea requerida por la Secretaría del centro. El incumplimiento de las citadas obligaciones podría suponer la pérdida de
la vacante escolar.
Es importante resaltar que el pago del seguro escolar, la aportación del Número de la Seguridad Social (NUSS), la entrega de documentación adicional o la cumplimentación de los
impresos organizativos del centro no sustituyen la formalización de la matrícula a través
de la Secretaría Virtual.
Decimonoveno. Matrícula de alumnado que no promociona a segundo curso.
1. E
l alumnado que en el curso 2024-2025 tuvo su matrícula activa en primero en modalidad
presencial completa y no promocionó a segundo debe formalizar la matrícula en el mismo
ciclo, centro y turno, dentro del plazo establecido en el calendario de actuaciones y en la
Lunes 26 de mayo de 2025
29291
6. En la secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela y siguiendo el calendario de actuaciones, los solicitantes podrán acceder de manera personalizada a la información sobre
la asignación de vacantes escolares para cada adjudicación.
Decimoctavo. Matriculación en primer curso.
1. Si un solicitante ha participado en el procedimiento de admisión y ha obtenido una vacante
escolar en alguna de las adjudicaciones, tiene la opción de confirmar la matrícula a través
de la secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela. Esto debe hacerse telemáticamente, siguiendo el calendario de actuaciones y utilizando los medios especificados en el
resuelvo séptimo y octavo de esta resolución. Es importante tener en cuenta que, una vez
pasado este momento, no será posible realizar la confirmación de la vacante.
2. D
urante todo el período de matriculación establecido, la confirmación de la vacante puede
modificarse. Sin embargo, al final del período, se considerará la última versión confirmada.
Cabe mencionar que la matrícula confirmada a través de la Secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela anulará cualquier matrícula de régimen general que pueda existir,
según lo establecido en el punto 7 del resuelvo decimosegundo de esta resolución.
3. U
na vez que los solicitantes hayan formalizado su matrícula, deberán seguir las instrucciones proporcionadas por los centros educativos para realizar el pago del seguro escolar, en
caso de que sea necesario. Además, los estudiantes deberán proporcionar su Número de
la Seguridad Social (NUSS), ya que este dato es imprescindible para gestionar el alta en el
sistema de la Seguridad Social, según lo establecido en la Disposición Adicional 52ª de la
Ley General de la Seguridad Social.
Será necesario aportar cualquier documentación adicional que sea requerida por la Secretaría del centro. El incumplimiento de las citadas obligaciones podría suponer la pérdida de
la vacante escolar.
Es importante resaltar que el pago del seguro escolar, la aportación del Número de la Seguridad Social (NUSS), la entrega de documentación adicional o la cumplimentación de los
impresos organizativos del centro no sustituyen la formalización de la matrícula a través
de la Secretaría Virtual.
Decimonoveno. Matrícula de alumnado que no promociona a segundo curso.
1. E
l alumnado que en el curso 2024-2025 tuvo su matrícula activa en primero en modalidad
presencial completa y no promocionó a segundo debe formalizar la matrícula en el mismo
ciclo, centro y turno, dentro del plazo establecido en el calendario de actuaciones y en la