Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025



29282

1. Subcupo de Técnicos de Formación Profesional el 38 % de las vacantes escolares:



a. Poseer el título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional o el título
de Técnico o Técnica de Artes Plásticas y Diseño.



2. S
 ubcupo de Bachiller el 37 % de las vacantes escolares:



a. Estar en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990,
de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (BOE núm. 238,
de 4 de octubre de 1990).



b. Estar en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.



c. Estar en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 3/2020
de 29 de diciembre.



d. H
 aber superado el segundo curso de cualquier modalidad de bachillerato experimental.




e. Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitaria.

ii. Cupo segundo: el 15% de las vacantes escolares al alumnado que haya superado un
curso de formación específico o una prueba de acceso a Grado Superior o sus equivalencias.



iii. Cupo tercero: el 10% de las vacantes escolares para las personas que tengan un
título de Técnico Superior, título universitario o sus equivalentes:



1. E
 star en posesión del Título de Técnico Especialista.



2. E
 star en posesión del Título de Bachiller expedido tras cursar el bachillerato unificado y polivalente, o haber completado todas las asignaturas conducentes a la
obtención del citado título.



3. H
 aber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes, a efectos académicos, con alguno de los anteriores.

2. L
 os procesos de selección en caso de haber más peticiones que vacantes disponibles en
cada cupo se regulan en los artículos 17, 18 y 19 para los ciclos formativos de Grado Medio,
y en los artículos 22, 23 y 24 para los ciclos formativos de Grado Superior de la Orden de
9 de mayo de 2024.