Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062121)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

29400

nistrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre), en concordancia con lo dispuesto en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En caso de optar por presentar su
solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la
solicitud sea fechada y sellada antes de ser certificada.
c) Por vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
o cualquier otro de los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso
de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será
necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en
vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
y https://www.cert.fnmt.es/ .
9. Las solicitudes que no incluyan la información de cumplimentación obligatoria serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la posible subsanación que corresponda durante el periodo
de reclamaciones indicado en el calendario de actuaciones.
Noveno. Documentación para la admisión a primer curso.
1. Conforme a lo establecido en el artículo 28 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
así como al artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación
administrativa de Extremadura, y salvo que conste oposición expresa manifestada por el
interesado en la solicitud, el órgano gestor recabará de oficio la siguiente documentación:
a. Acreditación de la identidad de la persona solicitante. La identidad del alumnado solicitante se consultará a través del Servicio de Consulta de Datos de Identidad, disponible
en la plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado. Si el solicitante no desea que sus datos sean consultados, podrá oponerse expresamente en la
solicitud. En este caso, deberá acreditar su identidad presentando su DNI, Pasaporte o
TIE, según corresponda. La documentación requerida deberá presentarse en la forma
indicada en las convocatorias, ya sea en original, copia auténtica o copia con código
seguro de verificación.
b. Acreditación de la condición de tutor/a o representante legal de la persona solicitante.
En caso de que no conste en la plataforma educativa Rayuela tal relación de tutoría, se
deberá presentar copia del libro de familia o documento legal que acredite que el padre,
la madre o la persona que ejerce la tutoría legal tiene la guarda y custodia del menor.