Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062121)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

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Octavo. Presentación de solicitudes de admisión para primer curso.
1. L
 as personas que ejerzan la tutoría o representación legal de los solicitantes de admisión
al primer curso deberán presentar la solicitud correspondiente dentro del plazo establecido
en el calendario de actuaciones para el primer curso deberán presentar dentro del plazo
establecido en el calendario de actuaciones indicado en el anexo I de esta resolución, una
única solicitud en el centro que solicite como primera opción conforme al modelo incluido
en el anexo III de esta resolución.
2. E
 n la solicitud se consignarán, por orden de preferencia, hasta un máximo de cinco ciclos
formativos de Grado Básico, especificando para cada uno, el turno o turnos elegidos y el
centro o centros donde se imparten, de conformidad con la oferta de ciclos formativos en
Extremadura.
3. La no cumplimentación de los campos considerados obligatorios impedirá la presentación
de la solicitud.
4. E
 n caso de presentar más de una solicitud, se tramitará la última presentada.
5. S
 e emitirá un recibo justificativo de la presentación de la solicitud según modelo que figura
en el anexo III que incluirá la fecha y hora de presentación, el número de entrada de registro, los datos relevantes de la solicitud, y en su caso la enumeración y denominación de los
documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado.
6. L
 as personas que presenten la solicitud podrán oponerse a que la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional haga pública la condición de discapacidad de la persona
solicitante igual o superior del 33 % en los listados de adjudicación. No obstante, todas las
personas presentadoras de solicitud tendrán acceso, previa petición escrita a la dirección
del centro en el que presentaron su solicitud, al resultado detallado de las adjudicaciones
de todas las personas solicitantes que compiten con ellos por una plaza escolar.
7. La solicitud se cumplimentará mediante el modelo del anexo III incluido en la presente
resolución.
8. U
 na vez cumplimentada la solicitud, esta podrá ser presentada:
a) Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b) A través de los registros de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía de la Junta de Extremadura a los que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las funciones admi-