Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2025062058)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 98
Viernes 23 de mayo de 2025

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Por otra, dado que el programa se dirige a personas trabajadoras autónomas y micropymes
de muy reducido tamaño, las cuales, dadas sus dificultades para acceder a la financiación
ajena, para poder llevar a cabo sus procesos de modernización precisan de mecanismos ágiles
que les permitan contar con estas ayudas a la mayor inmediatez posible.
Por tanto, las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando en la
cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios establecidos
en este decreto, dentro del límite de la disponibilidad presupuestaria.
Séptimo. Solicitudes.
1. 
El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) y finalizará una vez transcurridos tres meses, contados a partir
del día siguiente de su publicación en el DOE.
2. Las solicitudes, que irán dirigidas a la Dirección General de Empresa de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, serán cumplimentadas conforme al modelo
normalizado establecido en el anexo I a la presente convocatoria, a la que se debe acom­
pañar la siguiente documentación:
2.1. M
 emoria del Proyecto, conforme al modelo establecido en el anexo II a la presente
convocatoria.
2.2. Factura/s proformas de la/s acción/es subvencionable/s que se pretendan llevar a
cabo, desglosadas por conceptos e importes.


Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la
legislación de Contratos del Sector público para el contrato menor, se deberá aportar
como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contra­
tación de la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales
características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los reali­
cen, presten o suministren.



La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse con la solicitud de
subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo jus­
tificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta
económica más ventajosa.



Sin la adecuada justificación en una oferta que no fuera la más favorable económica­
mente, el órgano concedente podrá recabar una tasación pericial contradictoria del