Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2025062023)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025.
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NÚMERO 97
Jueves 22 de mayo de 2025

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En la documentación justificativa del pago, siempre debe quedar acreditado claramente
el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura a que corresponde dicho pago.
Octavo. Publicidad de la subvención.
En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de la producción, deberá
constar el apoyo en el desarrollo del proyecto por la Junta de Extremadura, de acuerdo con
las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
En caso de realización de la película, esta constancia deberá aparecer además en un cartón
individualizado de inicio de la misma.
Noveno. Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir estas obligaciones:
a) Acreditar estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la
Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica en el caso de no haber
dado su consentimiento expreso para la oportuna comprobación de oficio por parte del
órgano gestor.
b) Llevar, en su caso, los libros y registros contables separados o códigos contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
c) Pronunciarse sobre la aceptación de la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo
de los diez días siguientes a la publicación de la resolución de la subvención las personas
beneficiarias no manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la
misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
d) Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en
el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
e) Realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (contratación de recursos prestados por personas y empresas, residentes y con domicilio
respectivamente en el citado territorio) como mínimo del 100% de la ayuda concedida.
f) Disponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el momento de solicitar el pago de la ayuda.
g) Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de solicitar el pago.