Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025061932)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Deutz Spain, SAU, para su centro de trabajo ubicado en Zafra.
95 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 94
27649
Lunes 19 de mayo de 2025
Cuando no coincida con su turno de trabajo y se solape con el mismo, dispondrá del
tiempo que sea necesario.
Excepcionalmente para el turno de noche y cuando la consulta medica sea a una distancia inferior a 70 km, se realizará este permiso en base a la siguiente escala:
Hora de la Cita
Hora de salida con permiso retribuido
Entre las 8:00 y las 9:00
2:00
Entre las 9:00 y las 10:00
2:30
Entre las 10:00 y las 12:00
3:00
De igual manera, también excepcionalmente para el turno de noche y cuando la consulta médica sea a una distancia igual o superior a 70 km, la persona trabajadora
dispondrá de un permiso retribuido de 8 horas. Este permiso se disfrutará a elección
de la persona trabajadora siendo la jornada de trabajo anterior o posterior a la cita.
16. Fuerza mayor.
La persona trabajadora, tendrá derecho a ausentarse del trabajo, por causas de fuerza
mayor, cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionado con familiares o personas convivientes, en casos de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el párrafo anterior, equivalentes a cuatro días al año
(32 horas). Debiendo la persona trabajadora acreditar el motivo de la ausencia.
En caso de que la acreditación no pueda realizarse de forma documental, bastará con la
manifestación del trabajador justificativa de la causa. El engaño en esta manifestación
será considerado fraude, deslealtad y abuso de confianza.
CAPÍTULO SÉPTIMO
Clasificación Profesional, Promoción, Ceses y Excedencias
Artículo 44. Clasificación profesional.
Parte 1. Criterios generales.
El Estatuto de los Trabajadores establece el derecho de las personas trabajadoras a participar
en la empresa, siendo el comité de empresa el órgano legitimado para representarlas, a su
27649
Lunes 19 de mayo de 2025
Cuando no coincida con su turno de trabajo y se solape con el mismo, dispondrá del
tiempo que sea necesario.
Excepcionalmente para el turno de noche y cuando la consulta medica sea a una distancia inferior a 70 km, se realizará este permiso en base a la siguiente escala:
Hora de la Cita
Hora de salida con permiso retribuido
Entre las 8:00 y las 9:00
2:00
Entre las 9:00 y las 10:00
2:30
Entre las 10:00 y las 12:00
3:00
De igual manera, también excepcionalmente para el turno de noche y cuando la consulta médica sea a una distancia igual o superior a 70 km, la persona trabajadora
dispondrá de un permiso retribuido de 8 horas. Este permiso se disfrutará a elección
de la persona trabajadora siendo la jornada de trabajo anterior o posterior a la cita.
16. Fuerza mayor.
La persona trabajadora, tendrá derecho a ausentarse del trabajo, por causas de fuerza
mayor, cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionado con familiares o personas convivientes, en casos de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el párrafo anterior, equivalentes a cuatro días al año
(32 horas). Debiendo la persona trabajadora acreditar el motivo de la ausencia.
En caso de que la acreditación no pueda realizarse de forma documental, bastará con la
manifestación del trabajador justificativa de la causa. El engaño en esta manifestación
será considerado fraude, deslealtad y abuso de confianza.
CAPÍTULO SÉPTIMO
Clasificación Profesional, Promoción, Ceses y Excedencias
Artículo 44. Clasificación profesional.
Parte 1. Criterios generales.
El Estatuto de los Trabajadores establece el derecho de las personas trabajadoras a participar
en la empresa, siendo el comité de empresa el órgano legitimado para representarlas, a su