Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025061932)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Deutz Spain, SAU, para su centro de trabajo ubicado en Zafra.
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NÚMERO 94
Lunes 19 de mayo de 2025

27646

Situaciones que dan derecho a licencia:
1. F
 allecimiento de cónyuge y familiares de 1.er grado de afinidad y/o consanguinidad de
la persona trabajadora.
E
 n estos casos se conceden cuatro días laborables de permiso retribuido.
Dispondrá de un día natural adicional si la persona trabajadora debe desplazarse a una
distancia de 50 km a 99 km. Dispondrá de otro día natural adicional si el desplazamiento
se realizase de 100 km o más.
2. F
 allecimiento familiares de 2.º grado de afinidad y/o consanguinidad de la persona
trabajadora.
En estos casos se conceden cuatro días naturales. Si el fallecimiento sucede en el descanso semanal o con dos festivos, dentro de los cuatro naturales, se concede un día más
para las gestiones administrativas.
Dispondrá de un día natural adicional si la persona trabajadora debe desplazarse a una
distancia de 50 km a 99 km. Dispondrá de otro día natural adicional si el desplazamiento
se realizase de 100 km o más.
3. F
 allecimiento de tíos/as (3.º grado de afinidad y consanguinidad).
Para la vigencia de este convenio se concede un día natural (1 día), si el sepelio coincide
con día de trabajo. Dispondrá de un día natural más, si la persona trabajadora tiene que
realizar desplazamiento.
4. Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario; de Cónyuges y/o familiares de 1º y 2º Grado, por
afinidad o consanguinidad de la persona trabajadora, incluido el familiar consanguíneo
de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores
que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado
efectivo de aquella.
Por accidente o Enfermedad Grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario; con justificante medico sea de centros públicos
o privados; dispondrá la persona trabajadora de cinco días laborables.
A
 estos efectos se entenderá por enfermedad grave, aquella que sea calificada como tal
por el facultativo correspondiente, bien en certificado inicial o a requerimiento posterior
de cualquiera de las partes.